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01 de agosto de 2018

La concepción democrática de Alem

El derecho a la rebelión

Con motivo de la Insurrección del Parque del 26 al 29 de julio de 1890, recordamos el debate entre la concepción de la república oligárquica de Juan Bautista Alberdi y la concepción de la república democrática de Leandro N. Alem, quien en ruptura con los conciliadores con el sistema oligárquico (mitristas de la Unión Cívica) fundaría la Unión Cívica Radical.
Expresando la concepción de la república oligárquica, Juan Bautista Alberdi sostenía que: “una vez elegido, sea quien fuere el desgraciado a quien el voto del país coloque en la silla difícil de la Presidencia, se le debe respetar con la obstinación ciega de la honradez, no como a un hombre, sino como a la persona pública del Presidente de la Nación”.
En cambio Leandro N. Alem, con su concepción democrática plantearía: “Cuando un hombre está en el poder, necesita el consejo, el apoyo y el cariño de sus gobernados, que han de ser sus amigos, no sus vasallos; pero si ese hombre olvida que se debe al pueblo y no respeta derechos ni constituciones, el pueblo tiene la obligación de recordarle los deberes de la altura, e imponerle su soberanía, si no por la razón, ¡por la fuerza!”
Tras la derrota de la Insurrección del Parque, por la conciliación de los mitristas con Roca y Pellegrini, José Mendía escribió en su libro El secreto de la revolución: “La gran enseñanza que nos da la historia de 1890 es que no basta mudar los gobernantes para cambiar los sistemas”. (Eugenio Gastiazoro: Historia argentina, tomo III, Editorial Agora, 1986).

Hoy N° 1728 01/08/2018