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15 de agosto de 2018

Proyecto de ley en el Senado

Propiedad comunitaria indígena

Un proyecto de ley de propiedad comunitaria debe consultarse con todos los pueblos y naciones originarias que habitan este país.
Actualmente se encuentra en discusión el proyecto de ley sobre Propiedad Comunitaria Indígena que promueve la senadora por Río Negro Magdalena Odarda. El 10 de agosto se desarrolló un encuentro de autoridades indígenas de la Patagonia Norte en Jacobaci impulsado por la Comisión Especial sobre Pueblos Indígenas del Senado de la Nación, donde se debatió su contenido. Se supone que encuentros similares se llevarán a cabo en diversas regiones del país.
El proyecto recoge algunas partes de antiguas versiones de anteproyectos discutidas desde el año 2010 por representantes indígenas de distintos pueblos y asesores jurídicos. Aunque es un proyecto al que podrían hacerse aportes; mejorarse mucho su redacción, su técnica legislativa y darle un mejor ordenamiento para que no genere confusión, lo cierto es que es un proyecto potente y que está basado en las principales normas constitucionales y de derechos humanos sobre pueblos indígenas que rigen en nuestro país.
Caracteriza a la Propiedad Comunitaria Indígena (PCI) como un derecho humano, colectivo y como la base de subsistencia y desarrollo de los pueblos. Incorpora la noción de territorio, no sólo de tierra, y tiene en cuenta las vinculaciones culturales y espirituales con esos espacios. Estas definiciones son importantes porque diferencian sustancialmente a la PCI de los derechos reales del Código Civil, especialmente del derecho de dominio que posee características y orígenes muy distintos de los de este proyecto. El concepto de territorio no sólo es más abarcativo que la tierra, en tanto trasciende la superficie (suelo), sino que además remite a un espacio donde las comunidades tienen derecho a ejercer su autonomía.
El proyecto incluye las tierras y territorios tradicionales, hoy en posesión de las comunidades pero también regula la entrega de otras tierras aptas y suficientes para el desarrollo humano. También se prevé la posibilidad de recuperar tierras despojadas y de lograr la expropiación de tierras que si bien están a nombre de terceros, se encuentran ocupadas por comunidades y relevadas por el programa de la Ley 26.160.
La propuesta legislativa pretende además dar una salida a la actual situación de las comunidades que tienen relevamiento territorial. Se garantiza un procedimiento por el cual las comunidades pueden presentar las actuaciones del relevamiento para que la autoridad competente le reconozca la posesión indígena. Esa posesión indígena es prueba suficiente para solicitar luego la titulación.
Es importante conocer en profundidad los alcances de la propuesta que se empezó a debatir en el Senado y hacer aportes concretos para mejorar el texto y tomar a fondo el reclamo por la necesidad de regular la Propiedad Comunitaria Indígena, garantizar el acceso a tierra y territorio para todas las comunidades y dar una salida concreta a las comunidades que lograron el relevamiento y aún no tienen los títulos reconocidos.

Hoy N° 1730 15/08/2018