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04 de May de 2011


La extranjerización de la tierra

Hoy 1367 / Un proyecto de ley que mantiene la situación existente

El gobierno envió al Congreso Nacional un proyecto de Ley denominado “Protección al dominio nacional sobre la propiedad, posesión o tenencia de tierras rurales” cuyo objeto los fija el artículo 2º en sus dos incisos. Dice el inciso a) “determinar la titularidad, catastral y dominial, situación de posesión o tenencia bajo cualquier título o situación de hecho de las tierras rurales” y el b) “regular, respecto de las personas físicas y jurídicas extranjeras, los límites a la titularidad de tierras rurales, cualesquiera sea su destino de uso o producción”.
El hecho de que se elija este momento, como varios actos y políticas del gobierno de Cristina Fernández de Kirchner relacionados con el sector agropecuario, tiene un evidente sentido electoral. Una ley para que se trate el problema de la extranjerización de la tierra es una cuestión que desde hace varios años exigían en sus luchas diferentes organizaciones agrarias de campesinos pobres y medios. En el caso de la Federación Agraria Argentina desde hace más de ocho años en sus congresos anuales denuncia que ya están en manos de capitales extranjeros más de 20 millones de hectáreas. Es más, el 3 de marzo del año 2010 con la firma de los diputados Orsolini y Forte, se presentó en la Cámara de Diputados de la Nación un “Proyecto de Ley de Restricciones y Límites a la Adquisición de Dominios de Inmuebles Rurales”, que hasta ahora no había sido tratado.
En esta nota hacemos una primera aproximación al contenido del Proyecto.
El Artículo 7º del proyecto oficial “establece en el veinte por ciento (20 %) el límite a toda titularidad de dominio de tierras rurales en el territorio nacional” que podrán poseer personas físicas o jurídicas extranjeras. Si se toma como base para este cálculo el territorio continental argentino que tiene 275 millones de hectáreas, dicho límite sería de 55 millones de hectáreas, es decir que sobre las 20 millones ya poseídas por extranjeros, estos podrían avanzar comprando 35 millones de hectáreas más. Como el proyecto no hace ninguna diferenciación de localización y calidad de la tierra recordamos que en nuestro país existen aproximadamente 116 millones de hectáreas cuyo régimen de lluvia anual supera los 500 milímetros, es decir que son naturalmente potenciales para su cultivo en secano. De esta cantidad 69 millones de hectáreas son aptas sin que en ellas se necesiten hacer inversiones y obras de infraestructura, sin embargo la apropiación latifundista de la tierra de la cual se hizo la oligarquía terrateniente argentina después de usurpar la Revolución de Mayo de 1810 determinó que hasta el presente sólo estén bajo cultivo 29 millones de hectáreas. Este tipo de análisis del uso y tenencia de la tierra no forma parte, ni por asomo, de los fundamentos del proyecto de ley y por tanto elude referirse al poder de los actuales terratenientes a lo largo y ancho del país y la desposesión de centenares de miles de campesinos pobres y medios, de los cuales más de 60 mil fueron expulsados del campo en lo que va del gobierno de los Kirchner.
Al carecer de precisiones el Artículo 9º resulta confuso ya que dice que “las tierras rurales de un mismo titular extranjero no podrán superar las mil hectáreas (1.000 has.), cualquiera sea su lugar de ubicación”. El Artículo 10º fija el criterio de que no se considerará como inversión la adquisición de tierras rurales a los efectos de los Tratados Bilaterales de Inversión. El artículo 11º, ordena que dentro del plazo de 180 días de puesta en vigencia de esta Ley, los extranjeros deberán denunciar ante la Autoridad de Aplicación las tierras de las cuales son propietarios. Por los Artículos 13 y 14 se crea un Registro Nacional de Tierras Rurales y se dispone la realización de un relevamiento catastral y dominial que determine la propiedad de las tierras rurales de todo el país, tomando como base el registro existente al 1º de enero del año 2010.
Finalmente, por el Artículo 16º el Proyecto muestra la hilacha, o sea su esencia, pues dice que “la presente ley no afecta derechos adquiridos y sus disposiciones entrarán en vigencia el día siguiente al de su publicación”. Con ello los propietarios extranjeros imperialistas como Benetton, Thomskin, Soros, las mineras como la Barry Gold, los fideicomisos y pooles de inversión y otros de los que ya son propietarios de más de 20 millones de hectáreas estarán sumamente agradecidos.
El debate sobre este proyecto es una ocasión para que desde las filas de las organizaciones que representan a los campesinos pobres y medios, a los chacareros, a las comunidades de originarios, así como a las organizaciones sociales y partidos políticos democráticos y populares se debata su contenido y alcance y se denuncie la extraordinaria concentración de la propiedad de la tierra por parte de la oligarquía y extranjeros. En tanto el programa y la consigna de Reforma Agraria Integral urgente y necesaria adquiere más vigencia que nunca.