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05 de September de 2011


Programa para la Revolución Democrático-Popular, Agraria Antiimperialista y Antimonopolista

Documentos aprobados / Tomo 3

I. Contenido del Estado

I. Contenido del Estado

El Estado popular revolucionario de los obreros (urbanos y rurales), del campesinado pobre y medio, la pequeña burguesía, la mayoría del estudiantado y de la intelectualidad, y de los sectores patrióticos y democráticos de la burguesía nacional, ejercerá la dictadura popular revolucionaria sobre la oligarquía terrateniente, el imperialismo, el gran capital a ellos asociado y sus agentes y cómplices. El bloque de clase que conforman el estado popular revolucionario tendrá la hegemonía de la clase obrera.

 

II. Régimen institucional

1). El gobierno de la República Argentina se basará en el principio de que el pueblo ejerce el poder. Será un gobierno popular, revolucionario, democrático y federal.
Las bases del Estado popular revolucionario estarán constituidas por los consejos de fábrica, consejos de asalariados rurales, consejos de empleados, consejos de campesinos pobres y medios, consejos de miembros del ejército revolucionario, consejos de estudiantes y docentes, consejos de la pequeña y mediana burguesía, consejos barriales, etc.
A partir de ellos se organizará la estructura comunal, departamental, provincial y nacional. En todos los niveles se garantizarán las posibilidades de participación de representantes de las clases y capas que actúen revolucionariamente.
El poder popular revolucionario en el orden nacional será ejercido a través de la Asamblea Nacional de Pueblo, la que designará su Comité Ejecutivo y los miembros del Tribunal Supremo.
Se garantizará el sistema federal mediante la autonomía de las provincias y su adecuada representación en la Asamblea Nacional.
Podrán elegir y ser elegidos, mediante sufragio universal secreto, todos los ciudadanos de ambos sexos.
1)    Los representantes populares deberán rendir cuentas periódicamente a sus mandantes y estarán sometidos a revocabilidad de sus mandatos. Se garantizará el derecho a la constitución y funcionamiento de partidos políticos populares, los que podrán presentar candidatos en todas las instancias electorales. Podrán presentarse como candidatos, también, los ciudadanos no inscriptos en ningún partido.
2)    El mismo sistema de gobierno regirá en los órdenes provincial, departamental y municipal. Se formarán organismos interprovinciales e interdepartamentales de coordinación regional, que funcionarán adjuntos a la Asamblea Nacional del Pueblo y Asambleas provinciales.
3)    El funcionamiento de la justicia popular será autónomo. Los jueces y miembros de los tribunales populares serán electos por los consejos populares, siendo sus cargos revocables. Los acusados serán juzgados en forma oral y pública. Gozarán de amplias garantías de defensa.
        El domicilio privado será inviolable y la seguri­dad personal será garantizada por la aplicación del habeas corpus. El Estado adoptará medidas enérgicas para impedir todo tipo de torturas y castigarán severamente a los responsables.
4)    El Estado popular revolucionario se defenderá de sus enemigos de clase con el pueblo en armas.
    Las FF.AA del Estado al servicio del imperia­lismo, los terratenientes y grandes burgueses aso­ciados, serán disueltas. Las FF.AA populares se organizarán sobre la base de las milicias populares; servicio militar obligatorio y cuadros profesionales.
    Los oficiales y suboficiales revolucionarios de las viejas FF.AA, serán incorporados a las FF.AA del Estado popular.
    La policía federal, la gendarmería nacional y demás fuerzas de represión serán disueltas. El orden revolucionario será garantizado por las milicias populares y las FF.AA populares.
    Todos los miembros de las FF.AA tendrán igua­les derechos que los demás ciudadanos. Se deste­rrarán las jerarquías y castas del ejército burgués: el tipo de estructura, que deriva del carácter po­pular y revolucionario de las FF.AA determina el carácter democrático de su funcionamiento, y que sólo se reconocerán como principios de dirección y mando el espíritu revolucionario, las cualidades combativas y la preparación técnica.
    Las FF.AA. participarán en la producción, li­gándose así fuertemente al pueblo trabajador.
    Se mantendrá el servicio militar obligatorio, con el fin de preparar para la defensa de la revolución a toda la población. Las mujeres recibirán instruc­ción militar y podrán participar en las FF.AA po­pulares.
    Los empleadores asegurarán la conservación de sus puestos y el medio salario a los jóvenes que in­gresen al servicio militar.
5)    Toda la legislación represiva antipopular se­rá derogada.
    Los derechos democráticos de prensa, asociación reunión, serán garantizados a las masas popula­res.
    Con el objeto de asegurar a los trabajadores y ciudadanos la libertad efectiva de palabra, se na­cionalizará la prensa, radio, televisión y otros me­dios de comunicación actualmente en manos del imperialismo, los terratenientes y el gran capital asociado; y se entregarán a los trabajadores del campo y la ciudad y a ciudadanos en general todos los órganos técnicos y materiales necesarios para la publicación de periódicos, libros, etc., y quo les garanticen la utilización de la radio y la tele­visión y la libre difusión en todo el país.
    Con el objeto de garantizar a los trabajadores y ciudadanos verdadera libertad de reunión se les reconocerá el derecho a organizar libremente re­uniones, mitines, manifestaciones, etc., poniendo a su disposición todos los locales que dichas asambleas y reuniones requieran.
    El Estado popular revolucionario prestará todo el auxilio material y de todo tipo necesario para garantizar a los obreros, campesinos, estudiantes, intelectuales y ciudadanos en general, la libertad de asociación.
    Quienes atenten contra el Estado popular revolucionario y en favor del imperialismo y la oligarquía terrateniente, serán juzgados por los tribunales populares, los cuales podrán privarlos sus derechos políticos, además de aplicarles otros penas que pudieran corresponderles.
    Los perseguidos por regímenes reaccionarios, razones políticas, sociales o raciales gozarán derecho de asilo.
    Será otorgada la ciudadanía a todos los extranjeros que la soliciten, siempre que no hayan cometido crímenes al servicio de los imperialistas de los reaccionarios de otros países.
6)    Las mujeres tendrán iguales derechos que los hombres en todos los niveles de la sociedad. Se derogará la ley que otorga la patria potestad de los hijos sólo al hombre. Se derogará la ley que otorga al hombre el derecho a fijar domicilio para su familia.
7)    Se establecerá el divorcio.
8)    Con el objeto de asegurar a los ciudadanos la plena libertad de conciencia, la Iglesia será separada del Estado y la Escuela de la Iglesia, y se reconocerá a todos los ciudadanos la práctica de los cultos y la libertad de propaganda religiosa y antirreligiosa.

III. Para la clase obrera

a) Condiciones de vida y de trabajo.
1)    Salario mínimo, vital y escala móvil de salarios y sueldos. Igual salario por igual trabajo para hombres, mujeres y jóvenes. Se asegurará y mejorará el sistema de asignaciones y licencias familiares.
2)    La semana de trabajo será de 40 horas, descanso semanal mínimo de 36 horas consecutivas para todos los obreros industriales y la jornada trabajo de 6 horas para los jóvenes menores de 18 años, así como para los trabajadores ocupados en tareas insalubres, nocturnas y en las minas.
    El Estado favorecerá la erradicación del trabajo a destajo.
    Se establecerán estrictas reglamentaciones de seguridad y prevenciones de la salud en el trabajo teniendo en cuenta las diferentes características de los lugares y zonas de trabajo.
    Se prohibirá el empleo de jóvenes menores 16 años, así como el trabajo nocturno de las mujeres y los menores.
    Se concederán vacaciones anuales, para los obre­ros y empleados de 15 a 30 días, de acuerdo con la antigüedad laboral. La licencia por maternidad abarcará 3 meses antes y 3 meses después del parto.
    Se garantizará la existencia de un escalafón de los empleados públicos.
    Se pagará el aguinaldo proporcional correspon­diente a un mes de trabajo.
    No podrá trabajarse más de 30 horas semanales en las labores insalubres.
3)    El Estado popular revolucionario y sus insti­tuciones educacionales emprenderán, junto a los cuerpos de delegados y a los sindicatos, la tarea de extender a las fábricas la enseñanza en todos sus niveles, con el fin de que todos los trabajado­res accedan a la cultura y mejoren su formación técnica.
4)    Se adoptarán medidas para que las fábricas y empresas se habiliten comedores, salas, cunas, jardines de infantes.
5)    Se establecerá por ley que la jornada de tra­bajo de los obreros rurales y demás trabajadores del campo será un promedio de 8 horas diarias y un descanso mínimo de 36 horas consecutivas. El salario, dentro de las normas del punto 1, será garantizado, fijándose un monto de jornadas labo­rales anuales.
    Los empleadores privados de obreros rurales fijos o temporarios, deberán proveerlos de casas cómodas e higiénicas, así como de lugares para que resguarden sus útiles de trabajo.
6)    El Estado popular revolucionario implantará el seguro social completo (desocupación, enferme­dad, accidente, invalidez, vejez y muerte) para todos los trabajadores urbanos y rurales, a cargo del Estado y empleadores privados.
7)    Las jubilaciones y pensiones serán el 82 % móvil del salario o sueldo que se percibía en el momento del retiro. Los obreros industriales y rurales, lo mismo que los empleados, se podrán jubilar después de 30 años de servicio y 55 años de edad. Las mujeres se jubilarán a los 25 años de trabajo y 50 años de edad, y todo habitante que haya cumplido 55 años de edad trabajando y no disponga de entradas suficientes, recibirá una pen­sión cuyo monto se establecerá por ley.
8)    Todos los salarios estarán libres de cargas impositivas.
9)    La administración de los seguros sociales será ejercida por el Estado y los sindicatos, para lo cual se creará un organismo nacional especial.
b) Derechos sindicales
1)    Se garantizarán amplias libertades para los sindicatos, comisiones internas y otras formas de organización de los trabajadores dentro de las fábricas. Se derogará toda la legislación que establezca control estatal y patronal sobre el movimiento sindical, entre ellas la Ley de Asociaciones Profesionales y la de Conciliación Obligatoria.
2)    Se establecerá plena libertad de manifesta­ción y reunión para el movimiento sindical. Vi­gencia sin restricciones del derecho de huelga.
3)    Se elaborará un proyecto de legislación del trabajo, global, que será discutido de abajo a arri­ba, por todos los trabajadores, y cuyos ejes políticos serán:
a)    garantía del derecho de huelga;
b)    independencia de los sindicatos del Estado y los patrones;
c)    reimplantación del principio de asociación voluntaria al sindicato;
d)    cotización directa y voluntaria del obrero a su sindicato.

IV. Problema de la vivienda

Expropiación sin indemnización de las propie­dades urbanas de la oligarquía terrateniente y los monopolios extranjeros y el gran capital a ellas asociado. Eliminación del carácter mercantil de la vivienda, indemnización a los pequeños y medianos rentistas en un plazo y montos que se fijará por ley. Plan de construcción de viviendas populares, cuyo alquiler no podrá exceder del 10% de los ingresos mensuales del usufructuario. A los actua­les habitantes de villas de emergencia se les entregará las tierras que hoy ocupan en forma inme­diata, gratuita y colectiva a los cuerpos de dele­gados y Juntas Vecinales para su distribución democrática y tendrán prioridad en la adjudicación de viviendas por el poder popular revolucionario.

V. Socialización de la medicina

Socialización total de la medicina, garantizando la gratuidad de la asistencia médica. Expropiación sin indemnización de las grandes empresas de pro­ductos medicinales en manos del capital extranjero y el gran capital asociado, lo mismo que hospitales, clínicas, etc. Se respetarán los derechos de los pequeños y medianos accionistas, que serán indemnizados según condiciones establecidas por ley.

VI. Liquidación de la opresión y el atraso.
Desarrollo independiente y armónico de la economía nacional.

La liquidación de la opresión y el atraso, el desarrollo independiente y armónico de la economía nacional se basarán en la movilización revolucio­naria de las fuerzas sociales y recursos económicos con que cuente el Estado popular revolucionario guiándose por el principio de basarse fundamen­talmente en la fuerza propia.

a) Industrias, Transportes , Comercio y Finanzas
1)    Serán expropiadas sin indemnización y nacio­nalizadas las empresas monopolistas extranjeras y del gran capital asociado al imperialismo en la industria. En caso que convenga a los intereses del Estado popular revolucionario se podrán estable­cer ciertos tipos de compensaciones económicas a algunas de esas empresas. Los servicios públicos esenciales pasarán en su totalidad a ser propiedad del Estado.
2)    Serán expropiados sin indemnización los ban­cos privados y las compañías de seguros y otras empresas financieras. Se respetarán los derechos de los pequeños y medianos accionistas, que serán indemnizados según condiciones establecidas por ley.
    El crédito será nacionalizado y orientado según las prioridades de un plan económico nacional. Se creará un banco de crédito esencialmente desti­nado al sector de propiedad estatal, así como se respetará el funcionamiento de las cooperativas de crédito de la pequeña y mediana burguesía, de primer grado, garantizando el Estado que reciban ayuda prioritaria aquellos sectores privados que interesen particularmente a los objetivos del plan económico nacional.
    No se reconocerá la deuda externa de tipo usu­rario y neocolonialista. El país se retirará de los or­ganismos financieros internacionales imperialistas.
3)    Se nacionalizará el comercio exterior. Los trust privados exportadores e importadores serán expropiados sin indemnización y nacionalizados.
4)    Serán nacionalizadas todas las fuentes de energía, riqueza minera y combustibles. Serán ex­propiadas sin indemnización las compañías mine­ras, de energía y combustibles en manos del im­perialismo y sus asociados. Se respetará la propie­dad de los pequeños y medianos propietarios mi­neros. El Estado explotará la producción de com­bustibles y minerales estratégicos, así como la producción de grandes centrales de energía hidroeléctrica, termoeléctrica y nuclear.
5)    Todas las empresas nacionalizadas más las actuales del Estado pasarán a constituir un pode­roso sector de propiedad estatal, dirigido en escala nacional por el Estado popular revolucionario y controlado por los consejos de trabajadores y por los sindicatos. El producto excedente generado por dicho sector estatal será invertido para planificar la economía en forma armónica y proporcional, asegurando, por primera vez en la historia del país, una política de verdadera independencia nacional, de desarrollo integral y de expansión del sector estatal sobre la economía global del país. El de­sarrollo armónico y proporcional de nuestra economía significa:
–    Desarrollar un poderoso sector de industria pesada, basado en la tecnología más avanzada y destinada a promover el desarrollo del conjunto de la economía nacional.
–    Suprimir el desarrollo desigual de las regio­nes, por lo cual el plan económico nacional deberá tender a la integración económica del país, en particular impulsando el desarrollo industrial del interior del país, creando centros industriales cerca de las fuentes de materias primas minerales y agro­pecuarias. El Estado popular revolucionario toma­rá especial cuidado con la defensa de los intereses del interior, atacando a fondo todos los intereses ligados a la antigua dominación portuaria sobre el resto del país.
–    Promover y diversificar las exportaciones, te­niendo en cuenta que durante un largo tiempo serán los productos de la ganadería y la agricultura las principales fuentes de divisas para el país. Por lo tanto, al tiempo que se harán esfuerzos por modificar la composición de nuestras exportacio­nes en favor de los productos industriales, se me­jorará la industria frigorífica y las otras industrias transformadoras de productos agropecuarios.

6)    El Estado popular revolucionario garantizará los derechos soberanos sobre la plataforma subma­rina y se nacionalizarán sus recursos naturales.
    Creará una corporación pesquera estatal y una flota pesquera moderna, construirá cámaras frigoríficas, asegurará medios de transporte adecuados a fin de fomentar la piscicultura.
7)    Se fomentará la industria forestal y del pa­pel nacional. El Estado controlará los bosques para su explotación racional.
8)    El Estado popular revolucionario garantizará la explotación racional de los recursos del país de modo de mantener el equilibrio ecológico.
9)    Se emprenderá un plan de expansión de las vías de comunicación férreas y camineras, fluvia­les y aéreas, en forma coordinada y en función del desarrollo armónico interregional.
10)    El Estado popular revolucionario fijará una política nacional del agua para el aprovechamien­to integral de los ríos, reservas y aguas subterráneas. Será ampliada la producción estatal de energía hidroeléctrica.
    Se elaborará un plan nacional para la irrigación, construcción de diques y represas y sistemas de canalización, se harán lagos artificiales para la acumulación de aguas pluviales con destino al riego. La actual legislación de aguas será revisada para adecuarla a una política de desarrollo armó­nico integral.
11)    Se implantará el control obrero de la pro­ducción con delegados electos directamente por las bases para este fin.
12)     Se restringirá a los monopolios privados, especialmente en el comercio de productos agro­pecuarios e industriales. Con el fin de garantizar la planificación de la economía nacional, abaratar los precios y asegurar el abastecimiento de esos artículos al pueblo trabajador, se creará un orga­nismo nacional de compra y comercialización de los mismos.
13)     Quedarán abolidos todos los impuestos que graven el consumo y se establecerá un impuesto progresivo único sobre la renta y los beneficios.
    Los pequeños y medianos industriales y comerciantes, los profesionales, artesanos, etc., pagarán impuestos compatibles con el principio de asegurar un buen nivel de vida a sus familias y garantizar sus actividades.
14)    Las recaudaciones del gobierno federal, compuestas por el producto del impuesto progre­sivo único, los derechos de importación y exporta­ción y los beneficios de las empresas estatales, serán compartidos con las provincias y municipios, respetando los principios del régimen federal y según las prioridades del plan de desarrollo nacional. Estos fondos, además del fomento de la economía, asegurarán el funcionamiento del Estado y sus FF.AA, la cultura, la educación pública, la salud pública, etc.
15)    El plan económico nacional deberá tender al acercamiento con aquellos países que se han liberado de la opresión imperialista y las oligarquías locales y marchan por el camino del pro­greso económico y la independencia nacional.
16)    El poder popular revolucionario establecerá una política comercial internacional sin restriccio­nes y de mutuo beneficio. En los casos de Estados revolucionarios se buscará aplicar las condiciones más favorables para los mismos.

b) Régimen de la tierra
1)    Expropiación sin indemnización de los lati­fundios, fijándose por ley qué extensión de tierras debe ser considerada como latifundio, para lo cual se tendrá en cuenta las peculiaridades de cada zona, tipo de cultivo, etc., y fijándose por ley las excepciones.
2)    Expropiación y nacionalización sin indemni­zación de las empresas monopolistas de comercia­lización y financiación de la producción agrope­cuaria, sin que ello afecte los derechos de pequeños y medianos accionistas.
3)    El Estado popular revolucionario, sobre la base de una amplia discusión y propuestas de obreros rurales y campesinos pobres y medios, aprobará una ley de reforma agraria integral, orientada a superar el atraso rural y a favorecer el de­sarrollo de formas de producción y de propiedad avanzadas. Los lineamientos centrales de la misma serán:
–    Garantizar el acceso gratuito a más y mejo­res tierras del campesinado pobre y medio, en consonancia con las normas de unidad productiva que se establecerá para cada zona o región, com­prometiendo el Estado la entrega gratuita de se­millas y la disponibilidad de maquinarias moder­nas y tractores. Los proletarios y semiproletarios que así lo deseen recibirán tierras en iguales con­diciones.
–    Los campesinos pobres y medios titulados "in­trusos" que ocupan tierras fiscales, las recibirán gratuitamente en propiedad. El régimen de tierras fiscales se adecuará a los lineamientos de la ley de reforma agraria.
–    Todas las tierras expropiadas y entregadas en propiedad a los campesinos las recibirán gratuitamente. Todos cuantos reciban tierras serán acreedores a títulos de propiedad garantizados por ley.
–    La ley de reforma agraria determinará qué se entiende por unidad productiva según zonas, tipos de cultivos, etc. Esta norma será inviolable para la redistribución de tierras expropiadas por el Es­tado popular revolucionario.
–    Estimular la formación de cooperativas de producción por asociación voluntaria de campesi­nos pobres y medios. El Estado prestará ayuda económica, financiera y técnica a esas cooperati­vas. La cooperación agrícola no implicará la pér­dida al derecho de propiedad de sus parcelas del campesinado cooperativizado.
–    Propender a la creación de empresas agrícola-­ganaderas estatales, allí donde el mantenimiento de la unidad expropiada sea conveniente, e im­pulsar la organización de nuevas empresas de este tipo, apoyándose en la actividad revolucionaria de los obreros y semiproletarios rurales.

4)    El arrendamiento, la mediería, la aparcería y el tanteo serán prohibidos. Los arrendatarios, aparceros, medieros y tanteros pequeños y media­nos recibirán en propiedad las tierras que trabajan. En caso de no alcanzar estas tierras para formar una unidad económica, el Estado entregará otras tierras hasta completarla. Los pequeños y media­nos propietarios que explotan la tierra en estas condiciones y quieran trabajarlas por sus propios medios, podrán conservarlas en propiedad. En ca­so contrario, se los indemnizará por ley.
5)    A las comunidades indígenas les serán de­vueltas o recibirán tierras, se concluirá con el sis­tema de reducciones, recibirán ayuda económica, financiera, técnica, sanitaria y educacional, para su incorporación en igualdad de derechos a la vida nacional
6)    Se respetará el derecho a la propiedad de los campesinos ricos que trabajan racionalmente sus tierras. Los campesinos ricos que no sean pro­pietarios de tierras y que las exploten racionalmen­te las recibirán en usufructo.
7)    Serán anuladas las deudas (hipotecas, ade­lantos para semillas, etc.) contraídas por los cam­pesinos pobres y medios con el Estado, la oligarquía terrateniente y los monopolios comerciali­zadores.
8)    Todos los que exploten tierras en forma co­lectiva o individual pagarán impuestos acordes con el principio de garantizar un buen nivel de vida para ellos y sus familias. Las tierras, máquinas y demás útiles de labranza, el ganado, animales de trabajo, casa y demás pertenencias de los campe­sinos no podrán ser embargadas.
9)    Se fomentarán las cooperativas de comer­cialización formadas por campesinos pobres y medios. Se establecerán por ley limitaciones a la participación de los campesinos ricos en dichas cooperativas. Se alentará la formación de coopera­tivas de maquinaria agrícola, de campesinos, po­bres y medios, al mismo tiempo que se formarán estaciones estatales.
    A los poseedores “individuales” de maquinaria agrícola se les respetará la propiedad, excepto el caso de capitales monopolistas, que serán expro­piados sin indemnización.
10) El Estado intervendrá en la comercialización interna de los productos agropecuarios con los si­guientes fines:
a-    asegurar precios compensatorios a los pro­ductores;
b-    impedir la formación de monopolios priva­dos, y
c-    tomar todos las medidas que garanticen a la población el abaratamiento de tales pro­ductos.

11) El Estado popular revolucionario procederá a la creación de chacras, granjas, huertas y cabañas experimentales, a través del INTA, que será democratizado, dando lugar a la participación de obreros rurales, campesinos pobres y medios. De este modo las empresas estatales; cooperativas y productores individuales podrán recibir formación técnica y adquirir semillas seleccionadas, animales de raza, etc.

VII. Educación y cultura

El Estado popular revolucionario garantiza­rá la educación pública, laica, libre, gratuita y obligatoria, sobre bases científicas y un contenido popular y revolucionario y adecuará la educación a las necesidades provenientes de los cambios en la es­tructura y superestructura de la sociedad argen­tina, esto es de la realización de la revolución po­pular, agraria, antiimperialista y antimonopolista.
1)    El Estado popular revolucionario garantizará prioritariamente que los hijos de los obreros y cam­pesinos pobres accedan a todos los niveles de la enseñanza, produciendo así desde su base esa pro­funda revolución educacional.
    Serán expropiados todos los grandes institutos de enseñanza, cualquiera sea su nivel o especia­lidad, cuando estén en manos privadas. Se establecerán mecanismos democráticos de dirección para toda la enseñanza.
    En todos los casos los planes y regímenes de estudio deberán ser fijados por el Estado para el nivel o la rama respectiva. Se constituirán Con­sejos Populares de Educación integrados por do­centes, estudiantes del nivel secundario, padres, y representantes de organizaciones obreras y popu­lares, elegidos democráticamente, para los niveles primarios y secundarios, con funciones de asesoría y control.
    Se instaurará la enseñanza bilingüe y se rescatarán y fomentarán las cultural nacionales de las comunidades indígenas.
2)    El Estado popular revolucionario asignará prioridad en la enseñanza primaria a los siguientes aspectos.
a)    Creación de escuelas cerca del lugar donde los educandos habitan, asegurando transporte, ro­pas y útiles.
b)    Se generalizarán los comedores escolares gra­tuitos, se crearán escuelas-hogares en las zonas rurales y se ampliará la red de jardines de infan­tes y guarderías.
c)    Se modificará el contenido de los planes de estudio, preparando a los alumnos en actividades pretécnicas a partir del quinto grado y se estudiará cómo articular los programas de los tres últimos grados de la escuela primaria en los planes de la escuela secundaria incompleta.
d)    Se extenderá la escuela de jornada completa.
e)    Se erradicará el analfabetismo entre los adul­tos.

3)    Se procederá a una reforma de la enseñanza secundaria, contemplando las siguientes medidas sociales y educacionales:
a-    Creación de nuevas escuelas secundarias en zonas rurales y periféricas de grandes centros urba­nos, garantizando material didáctico y becas.
b-    Se extenderán los turnos de enseñanza de tal manera que los obreros industriales y rurales puedan capacitarse.
c-    Se dará prioridad a la enseñanza politécnica y especializada, vinculando las actividades educacionales con las necesidades económicas de la zona, región, etc. Las empresas industriales y rurales, oficinas, etc., deberán planificar sus actividades con el Estado de tal modo que los trabajadores puedan combinar el trabajo productivo con la enseñanza politécnica y especializada. Los jóvenes obreros tendrán derecho a un tiempo de asistencia diaria a los centros educacionales, dentro del horario de trabajo, y sin descuento de salarios. Se extenderá la enseñanza técnica a ambos sexos.
d-    Se elaborarán planes de estudio según los ciclos, de tal modo que los egresados de todas las ramas reciban títulos intermedios que los capaciten para la actividad productiva. Los últimos años de estudio prepararán a los estudiantes para su ingreso en las especialidades de nivel superior.
e-    Se derogará toda legislación que prohíba los centros estudiantiles. Los estudiantes participarán a través de sus organismos en los organismos estatales educacionales en todos los niveles (ministerios, escuelas, etc.).
4)    El Estado popular revolucionario planificará la enseñanza superior apoyándola financieramente y garantizando que sus actividades encuadren efectivamente dentro de los objetivos revolucionarios.
    La Universidad del Pueblo Liberado será: democrática, revolucionaria, popular, científica y autónoma. Esto es:
a)    Se asegurará prioritariamente la entrada a la enseñanza superior de los obreros industriales y rurales y campesinos pobres. Se garantizará así un verdadero cambio revolucionario en la enseñanza con una base social revolucionaria. Como medidas inmediatas se creará un sistema especial de becas, se multiplicarán las viviendas estudiantiles, se mejorarán los comedores universitarios y se adaptarán planes de estudio especiales para los trabajadores que no puedan asistir regularmente a las clases.
b)    Por su contenido la enseñanza universitaria será popular y revolucionaria. Se garantizará la más amplia democracia interna y el debate de las distintas corrientes de pensamiento. Se anulará todo compromiso con organismos imperialistas (BID, OEA, etc.). Se basará en la vinculación de la teoría con la práctica.
c)    Será derogada la actual legislación universitaria. Se procederá a aprobar una nueva ley universitaria –ampliamente discutida entre las masas populares, en especial estudiantes, auxiliares docentes y profesores- que garantice la autonomía y el gobierno, estudiantil-docente-no docente igualitario.
d)    Para profundizar la subordinación de la enseñanza superior a las necesidades revolucionarias, se tenderá a crear institutos regionales y zonales, adaptados a los requerimientos específicos del medio. Se otorgarán títulos intermedios.

5)    Los planes de estudio encuadrados en una economía nacional planificada atenderán a las siguientes necesidades: combinación del trabajo manual con el intelectual, lo que implica coordinación entre la actividad docente y la investigación con las empresas, en particular las estatizadas: estrecha vinculación entre los planes de estudio y la práctica revolucionaria de masas trabajadoras y adecuación de los planes de estudio a los niveles alcanzados por el desarrollo científico-técnico.
6)    El Estado popular revolucionario impulsará la investigación científica y técnica, apoyando financieramente a los organismos especializados. Con tal fin, pasarán a ser dirigidos por representantes de las masas populares junto con científicos y técnicos progresistas.
7)    El Estado popular revolucionario estimulará la creación artística popular (cine, teatro, música, literatura y artes plásticas). Se destinarán fondos para alentar las actividades culturales y se garantizará la libertad de creación.
8)    El Estado popular revolucionario garantizará la actividad de los intelectuales y artistas, mediante el otorgamiento de subsidios, pensiones, etcétera.
9)    El Estado popular revolucionario, al tiempo que defenderá la cultura popular y nacional impulsará el intercambio cultural y científico con todos los países del mundo.
10)    Todos los bienes culturales e históricos del país, aún los que sean propiedad privada, serán resguardados por el Estado, quien prohibirá su venta al exterior y podrá expropiarlos en caso de necesidad nacional.
11)    El Estado popular revolucionario fomentará la educación física y el deporte.
    El gobierno mejorará los campos deportivos estatales y construirá otros. Se apoyará la actividad de los clubes populares. Se elaborará una ley del deporte que asegure la igualdad deportiva a las provincias y que elimine la comercialización del deporte.

VIII. Política Internacional

1)    El Estado popular revolucionario se solidarizará activamente con todos los países que hayan emprendido un rumbo antiimperialista y revolucionario, promoverá la unidad latinoamericana contra el imperialismo yanqui y practicará una política activa dentro del Tercer Mundo.
2)    El Estado popular revolucionario respetará la soberanía de todos los países y al mismo tiempo dará apoyo a los luchadores revolucionarios de todo el mundo.
3)    El Estado popular revolucionario bregará por mantener relaciones diplomáticas con todos los países del mundo, sobre la base de los principios de coexistencia pacífica entre Estados con diferente régimen social que son: Respeto a la independencia y soberanía, no agresión recíproca, no intervención en los asuntos internos de un país por parte de otro, igualdad y beneficio recíproco.
4)    El Estado popular revolucionario renunciará a todo tipo de pactos o acuerdos secretos y hará una diplomacia abierta para las grandes masas.
5)    El Estado popular revolucionario reintegrará a las islas Malvinas a la Nación Argentina y garantizará la soberanía sobre el Sector Antártico Argentino y nuestra plataforma submarina.
6)    El Estado popular revolucionario se esforzará en contribuir a las campañas por el desarme atómico y la destrucción del arsenal atómico mundial y al retiro de todas las bases y tropas militares en el extranjero, respetando el derecho soberano de todas las naciones, sean ellas grandes o pequeñas.
7)    El Estado popular revolucionario promoverá en los organismos internacionales el respeto a la integridad territorial de los países y el derecho a la soberanía sobre las 200 millas marítimas.