El mismo día de la sentencia, la Casa de la Mujer organizó una charla sobre violencia contra la mujer en la escuela Comercial de El Carmen. El relato del fallo fue lo que abrió la charla y el posterior debate, ante una sala llena de jóvenes a la que se sumaron muchos docentes.
Esta situación vuelve a poner sobre la mesa cómo la justicia trata la violencia contra la mujer en todas sus formas, pone al movimiento de mujeres en pie de guerra, no solo para dar vuelta esta sentencia y lograr una condena acorde a la atrocidad padecida, sino también para todos los casos que lleguen a los Tribunales, como el femicidio de Rita Soruco a manos de su concubino.
La Sala Tercera de la Cámara en lo Penal de los Tribunales de Jujuy dio a conocer el 4 de julio el fallo en el que se condenó a los integrantes de la patota que atacó un año atrás a una joven pareja en la localidad de El Carmen, golpeando hasta desmayar al joven y abusando sexualmente tres de ellos de la joven. El Tribunal estuvo integrado por la Dra. Lamas como presidenta de trámite, y los Dres. Ovando y Puig.
Solo se condenó por el abuso sexual a dos de los atacantes, y se absolvió respecto de dicho delito a los otros dos procesados. A los cuatro los consideró responsables por el delito de robo en banda, por lo que dos de los cuatro fueron condenados a ocho años; uno a 3 años de prisión efectiva y otro, menor de edad, se lo consideró autor remitiéndose el expediente al juez de menores a fin de que establezca la sanción, dándole la inmediata libertad.
Injusticia y humillación
Para las familias de las víctimas y su defensa, esta sentencia resultó excesivamente benevolente con los atacantes, ya que a los condenados por abuso sexual se les dio la pena mínima (que debía decidirse entre los 8 y 25 años) y los otros partícipes fueron absueltos aunque uno de ellos también fue autor directo del abuso sexual y ambos ejercieron la violencia que permitió someter a la joven.
La querella ya decidió que apelará la sentencia, tanto para que se deje sin efecto la absolución de los dos sentenciados absueltos, como respecto del monto de la pena aplicada a los dos condenados por abuso sexual.
La vida de los dos jóvenes agredidos cambió rotundamente desde el día del hecho. El joven venció esas presiones absurdas pero comunes que pretendían, por lo ocurrido con la joven, que él se alejara de quien era su novia hacía apenas un mes antes del hecho. Los dos dejaron la escuela. Ella, de 17 años, dejó la escuela por la vergüenza. Incluso quedó acreditado en las audiencias del juicio oral que los procesados, ya detenidos, no dejaban de burlarse de las víctimas al formular la denuncia en sede policial, ya que la celda en la que se encontraban los detenidos estaba al lado de la mesa de entradas.
La joven había llegado llorando a la casa luego del hecho, y cuando le preguntaron sus familiares porqué lloraba, ella solo atinó a decir que le habían robado el celular; lo que también era cierto. El joven le contó a su madre lo ocurrido, quien fue a la casa de la joven a hablar con su madre y le relató lo sucedido.
Demasiada vergüenza sintió “Y” cada vez que debió relatar lo sucedido, incluso la querella intentó evitar alguna de esas declaraciones que una y otra vez terminaban en llanto mediante filmación, pero el juzgado de instrucción negó esa posibilidad por “no contar con elementos técnicos”.
La sentencia y los años de prisión resultaron descabellados para muchos. Tal es así que el fiscal pidió 12 años de prisión para tres de los imputados y la querella 19 y 18 años. El abogado defensor de uno de ellos pidió la absolución y, para el caso que el Tribunal no considerase ello, se adhirió al pedido de prisión de 12 años efectuado por el fiscal, porque tenía claro que había demasiadas cuestiones que agravaban la pena.
Para los jueces no importa el daño a la joven
¿Porqué tanta benevolencia? “¿A quién le importa si estoy muerta?”, había dicho “Y” a su madre. ¿Porqué no cuenta para los jueces el daño a “Y”? Ese daño pasado, presente y futuro que le modificó la vida. ¿Por qué será que la bestialidad del hecho no contó a la hora de definir la pena? ¿Será que los rostros de los atacantes, algunos angelicales, pueden más que la vida de la joven y la atrocidad padecida?
Dentro de seis años tal vez, o menos, o dentro de menos tiempo respecto del condenado a tres años de prisión efectiva, puede que otro abuso sexual similar, vuelva a ocurrir en El Carmen o en otro lugar, y los autores sean los mismos. Porque el abuso sexual es compulsivo y no se trata de una enfermedad por lo que no puede hacerse una cura. Si la futura víctima se anima a denunciar, tal vez podamos volver a ponernos a salvo. Y otra vez volveremos a debatir sobre la condena benévola que tuvieron estos violadores.