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n° 1243

miércoles 19 de noviembre de 2008

Un fallo de la Corte con alto impacto político

La resolución sostiene que no es necesario estar afiliado para ser delegado gremial.
1. Revuelo en el gallineroEl fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre la inconstitucionalidad del artículo 41 inciso a de la ley 23.551, de Asociaciones Profesionales, ha provocado un gran revuelo político. Dicho inciso establece que para ser delegado gremial se requiere "estar afiliado a la respectiva asociación sindical con personería y ser elegido en comicios convocados por ésta".La Corte llegó a este fallo tras un litigio de más de cuatro años planteado por la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE), reclamando su derecho a elegir delegados en un sector de trabajadores estatales donde tiene personería gremial Personal Civil de las Fuerzas Armadas (Pecifa). Por esta razón, e invocando ese artículo de la ley, el reclamo de ATE había sido denegado tanto en el Ministerio de Trabajo como en las sedes judiciales inferiores. Ahora, la Corte hizo lugar a ese reclamo.Más allá de las especulaciones sobre las razones de la casi unanimidad de todos los miembros de la Corte, atribuidas a una intención de mostrar independencia frente a un deteriorado Poder Ejecutivo (más aún después de las limitaciones que el procurador general había impuesto a las atribuciones del fiscal Manuel Garrido para investigar la corrupción de los funcionarios kirchneristas), el fallo pareció tomar de sorpresa al gobierno o, al menos, a un sector de éste.El ministro de Trabajo, Carlos Tomada, trató de morigerar el impacto diciendo que lo resuelto por el tribunal no tenía más alcance que para esos gremios estatales. Lo mismo se apresuró a…

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