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07 de December de 2011

La “nueva política” significa que sólo los usuarios que certifiquen su pobreza seguirán teniendo subsidios en las tarifas gas, luz o agua.

A quiénes se les mantendrán los subsidios

Hoy 1398 / El formulario que se exige completar

El gobierno nacional publicó el vienes 1 de diciembre, a través del Boletín Oficial mediante la resolución 1993/2011, el formulario que los usuarios deben responder para poder seguir recibiendo del subsidio a la tarifa.

El gobierno nacional publicó el vienes 1 de diciembre, a través del Boletín Oficial mediante la resolución 1993/2011, el formulario que los usuarios deben responder para poder seguir recibiendo del subsidio a la tarifa.
“En el marco de la nueva política implementada por el Estado Nacional, es necesario que informe si usted considera que debe continuar percibiendo el subsidio aplicado a su servicio básico. Es importante destacar que se mantendrán vigentes las políticas de exención que están siendo aplicadas desde 2008, detalladas a continuación, por lo que Ud. deberá indicar con una X el casillero que corresponda
1. Usted acredita una enfermedad crónica que implique un mayor consumo del servicio.
2. Usted percibe como único ingreso previsional una jubilación y/o pensión equivalente a un haber mínimo.
3. Usted percibe Pensiones No Contributivas.
4. Usted es beneficiario de algún Plan o Programa Social (Asignación Universal por Hijo, Subsidio por Desempleo, Plan Familias, etc.).
5. Usted tiene el domicilio afectado por actividades de índole social (Institutos, comedores comunitarios, centros de recuperación, etc.).
6. Usted percibe alguna asignación familiar.
7. Usted cuenta con certificado de discapacidad.
8. Usted posee ingresos familiares insuficientes para afrontar el pago de la tarifa plena.
9. Usted se encuentra exento del pago de ABL.
10. Su vivienda posee características edilicias desfavorables que impliquen la utilización de un mayor consumo de otro servicio (vivienda precaria con familia numerosa, vivienda precaria carente de alguno de los servicios -gas o agua, etc.).
11. Su vivienda posee un local anexo destinado a la actividad comercial (pequeños comercios, talleres de oficio, etc.)
12. En su vivienda conviven múltiples hogares.
Una vez suscripta la presente debe colocarla en el sobre adjunto y acercarla a la sucursal del Correo Argentino para comenzar el trámite de exención. Personal de la distribuidora (local, en este caso de gas, que le corresponda) se contactará con usted para finalizarlo”, concluye el formulario, que debe ser firmado con todos los datos del usuario, bajo declaración jurada.