En las últimas semanas se viene acrecentando el debate sobre la situación en las cárceles provinciales y federales en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia Covid – 19.
Es necesario saber que éste no es un debate único de la Argentina, sino que, a nivel mundial se vienen tomando medidas específicas para proteger a la población carcelaria y prevenir lo que puede llegar a ser un contagio extensivo en todo el colectivo carcelario y de ese modo generar un colapso en el sistema de salud nacional. La Organización Mundial de la Salud, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Human Rights Waths, entre otras instituciones han mantenido la misma postura. Frente a esta delicada situación, muchos países han implementado políticas de emergencia carcelarias, vinculadas especialmente a la prisión domiciliaria, libertad monitoreada, entre otras penas alternativas mientras exista el peligro cierto de contagio masivo de los prisioneros y distintos trabajadores del servicio penitenciario.
Esta no es una problemática que afecte únicamente a los prisioneros y trabajadores del servicio penitenciario. De darse una situación de contagio masivo dentro de las cárceles de nuestro país el sistema sanitario general se vería colapsado afectando a toda la población.
Según distintos medios gráficos, se puede observar que en Nueva York se tomaron medidas que afectaron a 1.400 personas privadas de la libertad, en California 3.500, en el Reino Unido 4.000, en Francia 10.000, en Turquía 45.000, en Irán 85.000 y una realidad más cercana a nosotros, en Brasil se tomaron decisiones que afectaron a 30.000 reclusos. A modo de ejemplo, con estos casos podemos comprobar que es una problemática mundial lo que sucede en las cárceles y la forma de responder por parte de los Estados mientras el COVID- 19 acecha.
Frente a la emergencia sanitaria, las condiciones objetivas de nuestras cárceles han quedado evidenciadas y esto ha hecho crecer la conflictividad. A través de “motines” las personas que se encuentran privadas de su libertad exigen ciertas garantías, condiciones adecuadas de encierro y protección de su salud. En la cárcel de Devoto aparecieron casos de Covid-19 “importados” por el personal penitenciario, lo que aumentó la preocupación por el contagio entre los reclusos y el personal. En la gran mayoría de los penales, apenas decretada la cuarentena, se suspendieron las visitas para evitar el contagio de Covid-19, situación que agrava sus condiciones de encierro: además de cortarse la comunicación con familiares, se encuentran desprovistos de una parte importante de alimentos que sólo los reciben a través de las visitas.
En marzo de 2019, el gobierno de Macri, tuvo que declarar la “emergencia en materia penitenciaria” producto de la superpoblación carcelaria y malas condiciones de salubridad. Es decir que esta problemática social y sanitaria no es nueva en nuestro país, sin embargo el contexto actual empeora sus condiciones.
En los últimos días, sectores de la derecha argentina comenzaron una campaña de “fake news”, noticias falsas, a través de los medios de comunicación con la intención de sembrar temor y confusión en la sociedad. La información fuertemente difundida sostiene peligrosamente que el gobierno nacional lleva adelante una política de “liberación masiva de presos”. Abordan el debate minimizando el riesgo que conlleva para quienes están privados de la libertad que se desate un contagio exponencial, negando que sea una problemática de salud que se deba abordar en la pandemia. Los casos aislados o falsos de liberaciones de violadores o genocidas que nos muestra la prensa, alimentan la contradicción existente en el seno del pueblo sobre el nivel de injusticia e impunidad en Argentina. La impunidad es en gran medida real cuando los tribunales aceptan excusas para sobreseer a los hijos del poder, no ven las balas disparadas por la represión o el gatillo fácil, apuntan con dedo acusador a las mujeres que sufrieron abusos o cajonean expedientes según conveniencias.
Lo cierto es que, en este contexto, desde órganos de la justicia, como la Corte Suprema de la Nación, Provinciales y Cámaras de Casación, se fueron elaborando acordadas recomendando a los Jueces de las causas que, durante el tiempo de emergencia sanitaria, resuelvan medidas alternativas de cumplimiento de la pena: prisión domiciliaria o libertad con seguimiento mediante tobilleras, dirigidas a las enfermos en estado crítico, mujeres embarazadas y aquellos que cumplen condenas por delitos de menor gravedad. Bajo ningún punto de vista se permite la conmutación de penas ni la liberación “masiva”.
Hacinamiento y prisiones preventivas: dos caras de la misma moneda
Existe un riesgo importante de contagio y propagación en las unidades penitenciarias debido a las malas condiciones de salubridad producto de la superpoblación, que torna imposible las medidas de distanciamiento recomendadas para evitar la propagación del virus. La mejor forma de graficarlo es como una bomba de tiempo que afectará no solo al interior de las cárceles, sino también al personal penitenciario, que luego de cumplir su turno volverá a sus casas con el riesgo de contagiar a su entorno.
La realidad es que la situación carcelaria en Argentina es muy grave por las deplorables condiciones de encierro siendo el hacinamiento moneda corriente, se estima en promedio un 40% de sobrepoblación, llegando a picos del 110% en Provincia de Buenos Aires (51.000 internos cuando la capacidad es alrededor de 24.000).
Otra arista, es la condición judicial de los presos: año a año entre el 50% y el 65% de los reclusos están en prisión preventiva, es decir, esperan en la cárcel el juicio. Hay que entender que la prisión preventiva es ampliamente discutible por inconstitucional ya que el Art. 18 de la Constitución Nacional establece “nadie puede ser privado de su libertad sin juicio previo”, pero los sistemas procesales penales tanto federal como provinciales, la admiten ante la posibilidad de que el procesado “entorpezca la investigación” o que exista “ peligro de fuga”. Esta política criminal ha sido utilizada desmedidamente y descargada principalmente a los sectores sociales más empobrecidos, por lo que más que por razones legales, termina apuntando a estereotipos sociales.
Según datos oficiales del Servicio Penitenciario Federal, de la totalidad de la población que se encuentra en esas cárceles, 7.270 están procesados esperando un juicio que los declare inocentes o culpables. Mientras 6.160 se encuentran ya condenados, cumpliendo sentencia. La misma realidad la encontramos en el Servicio Penitenciario Bonaerense (21.538 procesados, 21.855 condenados), así como en cada uno de los sistemas penitenciarios provinciales.
Por una justicia sin impunidad y cárceles seguras sin hacinamiento
Atender la complejidad del asunto supone partir de las condiciones de salud de la población carcelaria que en este contexto de pandemia implican riesgo de muerte. Las personas que se encuentran presas, son absoluta responsabilidad del Estado. La defensa de un Estado de derecho y democrático, implica necesariamente garantizar condiciones de encierro dignas durante el cumplimiento de las condenas. Nuestro país no avala la pena de muerte como castigo y la privación de la libertad no supone la vulneración de lo demás derechos, más bien está pensada para la reinserción del recluso en sociedad.
Con el objetivo de garantizar cárceles más seguras, en términos de salud para los reclusos y trabajadores, es justo tomar medidas que logren descomprimir el hacinamiento: empezando por quienes se encuentren detenidos que no impliquen peligro para las víctimas por su carácter violento y cumplan todos los requisitos para cumplir su detención en forma domiciliaria. De esta manera, quienes cumplen condenas, o están en prisión preventiva, por delitos graves y constituyen la población más peligrosa como los genocidas, homicidas, abusadores sexuales, femicidas, puedan seguir dentro de las cárceles bajo condiciones humanitarias y de salubridad.
Esto nos exige combatir la campaña de fake news, brindar información correcta, controlar y denunciar las situaciones en que los jueces se extralimiten en la concesión de domiciliarias o liberación condicional a condenados por delitos graves. Dentro de este sistema judicial -clasista y patriarcal- hubo y habrá liberaciones injustas como ha sucedido con genocidas o femicidas y violadores. Hemos enfrentado y repudiado históricamente cada caso de impunidad y lo seguiremos haciendo, porque la búsqueda de justicia no afloja ante la pandemia. Los familiares de las víctimas de San Miguel del Monte lo expresaron con claridad: “No le deseamos la muerte a nadie, solo buscamos justicia y eso es justamente lo que nos diferencia de ellos”, los acusados de asesinar a sus hijos/as.