Se trata del Proyecto Nº1749/2020, que en sus artículos, propone la suspensión de los desalojos, cualquiera sea la etapa en que se encuentren los procesos judiciales o administrativos e incluye a los ya ordenados que no se hubieran ejecutado.
La iniciativa prohíbe además, el desalojo de un inmueble rural o urbano cualquiera sea la causa de la relación jurídica, en aquellas familias o grupos de familias pertenecientes a Pueblos Originarios y familias vulnerables, donde existan niños, ancianos, personas con discapacidad y mujeres embarazadas.
Finalmente se plantea considerar la posibilidad de una relocalización transitoria o definitiva de los pobladores, para el caso de terrenos privados que lo ameriten, y será realizado por el trabajo de una Mesa Ejecutora aprobada por la ley 3201-K de Emergencia Habitacional y Laboral, que se halla en vías de reglamentarse, (autoría también del diputado Schwartz) en un trabajo conjunto con las organizaciones y representantes de los pobladores.
En los fundamentos, los diputados coinciden en el agravamiento de todas las emergencias sociales desde la pandemia del Covid-19. Muestra de ello es que el Gran Resistencia es el segundo conglomerado urbano con más personas pobres del país según los datos del INDEC. “En ese marco, empujados por esta situación, expulsados del campo donde avanza la soja, los desmontes y la contaminación, hacinadas 2 o 3 familias en una casa de hasta 20 personas, desalojados de la piecita por no poder pagar, se producen estas situaciones de ocupaciones en aumento.” Explicaron.
Otro dato no menor es que el presidente del Instituto Provincial de Desarrollo Urbano y Vivienda del Chaco, Diego Arévalo, afirmó en mayo del 2020, en Radio Nacional Resistencia, que “en la actualidad hay un listado de 90 mil personas que están a la espera de sus viviendas” y estima que no se podrá cumplir en 4 años.
Asimismo, el Poder Legislativo del Chaco aprobó hace un mes por unanimidad la Ley 3201K de Emergencia Habitacional y Laboral, que reconoce esta gravísima situación social, donde sólo en el Gran Resistencia existen más de 380 asentamientos, donde viven casi el 50% de la población del mismo.
También desarrollan en los fundamentos, los derechos humanos de acceso a la tierra y la vivienda, en la que exponen que los desalojos son una respuesta inaceptable que agrava las condiciones de vida y la salud de la población más vulnerable, como ser los Pueblos Originarios, niños y niñas, ancianos, personas con discapacidad y mujeres embarazadas.
El proyecto pone en discusión también el concepto de “usurpación”, palabra usada para todo tipo de ocupaciones y tomas, tipificada en el código penal en el Capítulo VI-Usurpación, su Artículo 181. Dice: … “Será reprimido con prisión de seis meses a tres años, el que 1. Por violencia, 2. Amenazas, 3. Engaños, 4. Abusos de confianza, 5. Clandestinidad, despojare a otro, total o parcialmente, de la posesión o tenencia de un inmueble o del ejercicio de un derecho real constituido sobre él, …”
Según este proyecto, la mayoría de las ocupaciones no cumple estos requisitos y no se puede imputar usurpación y por lo tanto delito.
Por último, los diputados exponen la necesidad de suspender de inmediato los desalojos, hasta que se supere la pandemia para no agravar aún más la situación sanitaria y social y que se ponga en marcha urgente la Ley de Emergencia Habitacional y Laboral, recientemente aprobada, para implementar el Programa que se sintetiza en la consigna TIERRA, TECHO y TRABAJO, además de crear un Banco de Tierras y dar uso con planes y proyectos ejecutivos.
PROYECTO COMPLETO: Proyecto 1749/2020 Suspensión de Desalojos por Pandemia