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06 de June de 2012


El bando de Oliden

Hoy 1422

El 9 de agosto de 1815, el gobernador intendente de la provincia de Buenos Aires, Manuel Luis Oliden, dejó claramente sentado el carácter de semiservidumbre que regía en la campaña bonaerense, para quien no fuera propietario. El artículo primero establecía: “Todo individuo de la Campaña que no tenga propiedad legítima de que subsistir, y que la haga constar ante el juez territorial de su Partido, será reputado de la clase de sirviente”. Y más adelante establecía que “Todo sirviente de la clase que fuere, deberá tener una papeleta de su patrón, visada por el juez
del Partido, sin cuya precisa calidad será inválida… Todo individuo de la clase peón que no conserve este documento será reputado vago… Los vagos serán remitidos a esta capital (por Buenos Aires) y se destinarán al servicio de las armas por cinco años en la primera vez en los cuerpos de veteranos”. Y agregaba otras penas si transitaba por la campaña, etc., etc.