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11 de September de 2013

El Decreto 1242/2013 está redactado de tal forma que lo que se presenta como una suba del mínimo no imponible del 20% desde este mes, para el total del año representa en realidad menos de 7%.

Sobre la suba del mínimo en Ganancias

Las trampas y arbitrariedades que surgen del decreto

 El cachetazo electoral del 11 de agosto, que le hizo ver al gobierno kirchnerista que el repudio a su política no era sólo un tema de la clase media democrática sino también de la mayoría de la clase obrera, y la perspectiva de un nuevo paro nacional activo que unificara ese repudio, obligó a la presidenta Cristina Fernández a apresurar una definición en relación al reclamo por el impuesto a las Ganancias sobre los salarios.

 El cachetazo electoral del 11 de agosto, que le hizo ver al gobierno kirchnerista que el repudio a su política no era sólo un tema de la clase media democrática sino también de la mayoría de la clase obrera, y la perspectiva de un nuevo paro nacional activo que unificara ese repudio, obligó a la presidenta Cristina Fernández a apresurar una definición en relación al reclamo por el impuesto a las Ganancias sobre los salarios.
Sin embargo lo hizo de una manera tramposa, a través de un decreto que sigue dejando el tema a su arbitrio, no devuelve a los trabajadores lo que se les sacó hasta ahora en el año, ni modifica los montos de las escalas sobre las que se aplican los porcentajes del impuesto, que se mantienen sin actualizar por la inflación desde el año 2000.
Por lo pronto, el decreto no habla de un aumento del mínimo no imponible que tendría que regir para todo el año fiscal, sino del “incremento” de una “deducción especial” que rige completa “exclusivamente para los sujetos cuya mayor remuneración y/o haber bruto mensual, devengado entre los meses de enero a agosto del año 2013, no supere la suma de pesos quince mil ($15.000)”. Es decir que no se trata de un mínimo sobre el sueldo actual y futuro, sino que para que corra la “deducción” hay que ver lo que cobró en bruto antes; si ahora cobra menos igual paga. 
El texto es tan impreciso que la AFIP ya tuvo que sacar dos resoluciones, la primera  decía que era en cualquier mes anterior, la segunda que era un promedio de seis meses. Eso sí, en el recibo de sueldo debe constar: “Remuneración y/o Haber no sujeto al Impuesto a las Ganancias – Beneficio Decreto PEN 1242/2013”, por si el trabajador no sabe que ese es un “beneficio” gracioso de la señora Cristina y “reflexione” que puede perderlo si no vota sus candidatos.
Tampoco para los sueldos brutos de entre $15.000 y $25.000 se establece una elevación del mínimo no imponible, sino un incremento en las deducciones del impuesto, del 20%, que se eleva a 30% en las provincias patagónicas, con la misma confusión respecto a como se establecen aquellos montos.
Finalmente: “Lo dispuesto en el presente Decreto tendrá efectos a partir del 1 de setiembre de 2013, inclusive”, como para que a nadie se le ocurra reclamar por lo ya descontado.
 
El por qué del embrollo
El impuesto a las Ganancias es un impuesto anual, por lo que, desde su creación en 1932, sus modificaciones siempre regían para todo el año fiscal, y la ley establece que el mínimo se calcula en forma anual.
Sin embargo el gobierno kirchnerista, a través de sus decretos (es decir sin someter al Congreso un cambio en la ley), ha cambiado ese criterio diciendo, a través del jefe de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, que el cambio en el impuesto “no es retroactivo”. Así ocurrió en marzo de este año, cuando el gobierno decretó una elevación del 20% en el mínimo, pero sin devolver los importes correspondientes a enero y febrero. De esta manera, el incremento en la deducción en el total del año se reducía a 16,6%.
Ahora hace lo mismo, por lo que el aumento del mínimo anunciado con bombos y platillos, regirá como “deducción”, no de lo descontado anteriormente, sino como ningún o menor descuento sólo en los últimos cuatro meses del año. Al no devolverse tampoco ahora lo descontado anteriormente, para los que entran en el 20% de deducción, eso significa que el mínimo imponible solo se habrá incrementado un escaso 7% en el total del año. Lo que podría dar lugar a numerosos juicios.
Si se hace la comparación de las mejoras formuladas este año por el gobierno con las deducciones vigentes en 2012, que no se modificaron ese año a pesar de la inflación, el aumento del mínimo imponible llegaría al 24,67 por ciento. Es decir que quedaría retrasado en otro tanto en relación al año anterior, ya que el porcentaje de inflación y de aumento en los salarios de convenio, tanto en 2012 como en 2013, alcanzaron niveles semejantes en cada año.
A esto se suman las distorsiones que se producirán por la manera en que se redactó este decreto modificatorio de Ganancias. Una es la ya señalada de que una persona puede seguir pagando el impuesto aunque cobre en bruto menos de $15.000 en los meses por venir, si cobró algo más de ese límite en los meses anteriores. Otra, es que las personas que hayan percibido un salario bruto de hasta $14.999 no se le descontará en los meses siguientes, mientras que aquellos que percibieron en bruto desde $15.001, seguirán tributando con una alícuota del 23 al 27 por ciento de Ganancias, al mantenerse sin modificación las escalas del año 2.000.
Ha sido un gran triunfo de las luchas obreras y populares de más de un año y medio, que se reflejó en el cachetazo electoral del 11 de agosto, lo que logró abrirle la mano al gobierno de Cristina Fernández, por más tramposo y limitado que sea el decreto. 
Es necesario pasar en limpio las enseñanzas de esas luchas desde comienzos de 2012, y el reagrupamiento de fuerzas populares que se fue logrando a través de ella –con el hito del paro nacional del 20 de noviembre–, para seguir la pelea por que no se discrimine en contra de los hijos de los trabajadores cuyos salarios superen los 15.000 pesos, como también para que se actualicen las escalas a esos trabajadores, así como los mínimos imponibles y las escalas al millón y medio de trabajadores monotributistas y al más de medio millón de trabajadores autónomos. En el camino de la lucha por la abolición de este impuesto a todos los trabajadores convencionados o en relación de dependencia: ¡el salario no es ganancia!