En el juicio, el requerimiento fiscal se decretó nulo porque no tenía correspondencia con el llamado a indagatoria. Es decir, a Alderete primero se lo acusó de cortar la Avenida Rivadavia al frente de 5 mil personas; y luego, en el requerimiento fiscal, se lo acusó de organizar la protesta en carácter de líder.
¿Puede una persona sola cortar una avenida? Evidentemente no puede. Entonces cambiaron la acusación y le endilgaron ser el organizador de la marcha contra el hambre, el abrazo al Congreso bajo el lema somos todos chacareros. Esta incongruencia fue advertida por la defensa.
La nulidad del Requerimiento Fiscal, decretado en el juicio, significa un gran avance en la lucha democrática contra el Código Contravencional. Este quedó herido por una gran movilización popular que tuvo tres patas: una gran movilización de nuestros compañeros, aliados y amigos. Una solidaridad y campaña democrática nacional, particularmente las numerosas iniciativas democráticas de Liberpueblo, y de otras fuerzas populares. Y una estrategia jurídica que dio batalla y le encontró la vuelta.
A partir de este juicio, nace la jurisprudencia de que no existe la figura del organizador de una protesta, esto quiere decir que tendrían que juzgar como autor a todos los que intervienen en un corte, con lo cual procesarían a miles que diariamente cortan calles o rutas ejerciendo el derecho constitucional de la protesta. Esto contraria la línea represiva empleada hasta ahora, mediante la aplicación del Código Contravencional, que enfoca la criminalización sólo en los dirigentes, señalando expresamente en forma peyorativa, que los “los perejiles” no les interesa.
Somos concientes que se trata de un fallo aislado, pero también que crea mejores condiciones para impulsar el cierre de centenares de causas iniciadas en la Ciudad contra los luchadores populares.
02 de October de 2010