Escribe Mariana Vargas
El conflicto se originó entre familias que ocupaban terrenos ubicados dentro del territorio de la comunidad.
Una persona perteneciente a la comunidad vendió mediante un acuerdo entre particulares un terreno a una persona de apellido Zerpa. Posteriormente surgió una discusión por los límites de ese terreno con otra familia de la comunidad.
El conflicto terminó trasladándose al ámbito judicial y comenzó a discutirse bajo las reglas del derecho privado, como una controversia entre particulares respecto de terrenos, límites, posesión y derechos individuales.
Pero allí aparece el problema central: el territorio sobre el que se estaba discutiendo forma parte del territorio comunitario. Por eso el conflicto no podía ser analizado del mismo modo que una disputa entre propietarios particulares de dos inmuebles.
Cuando hablamos del territorio de una comunidad indígena no podemos trasladar automáticamente categorías propias de la propiedad privada -compraventa, boleto, transmisión individual de parcelas o herencia- ignorando las formas de organización y decisión de la propia comunidad.
La Constitución Nacional reconoce en su artículo 75 inciso 17 la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan.
La comunidad había buscado una solución interna
Durante este año se realizó una asamblea comunitaria en la que se abordó la situación.
Allí se planteó que las familias involucradas pudieran resolver la cuestión de los límites dentro del ámbito comunitario, respetando sus propias formas de organización y procurando alcanzar una solución entre las partes.
Esa alternativa no fue aceptada por Zerpa y el conflicto continuó por la vía judicial.
Finalmente se dictó una orden para desalojar tres viviendas ocupadas por una de las familias de la comunidad. Y entonces ocurrió algo que resulta difícil explicar solamente como la ejecución de una medida judicial sobre un inmueble.
Cien policías frente a veinte personas
Florencia, la mujer de 79 años integrante de Santa Rosa que enfrentó sola con su whipala a una decena de policías que la empujaban, describe la enorme desproporción del operativo: había aproximadamente veinte integrantes de la comunidad frente a un despliegue cercano a los cien efectivos policiales.
La orden dispuesta por el juez Calderón estaba dirigida al desalojo de unas viviendas determinadas (ubicadas en un inmueble previamente sujeto a prescripción adquisitiva por la familia Zerpa). Sin embargo, la actuación violenta policial excedió ampliamente ese inmueble.
Los efectivos avanzaron sobre otros sectores de la comunidad, persiguieron personas y rompieron ventanas de viviendas que no estaban comprendidas en la orden judicial.
También se utilizaron gases en lugares donde había niños, niñas y personas mayores. Integrantes de la comunidad relatan que algunas abuelas comenzaron a vomitar como consecuencia de los gases. Hubo personas lesionadas y se realizaron disparos efectuados a la altura del rostro.
Uno de los testimonios más graves es el de Claudia Mamani
Claudia no se encontraba participando de la resistencia al desalojo. En medio del operativo advirtió la situación en la que se encontraban su sobrina y otro niño y salió con la intención de ponerlos a resguardo.
Mientras se encontraba en la calle un policía le ordenó detenerse. Claudia se detuvo y levantó las manos; luego el efectivo policial le disparó en el rostro, y en forma inmediata sintió que estaba perdiendo su embarazo de 3 semanas. El balín quedó alojado en su rostro durante aproximadamente diez días.
Cuando Claudia logró ingresar a su vivienda, los policías continuaron rompiendo ventanas de su casa y arrojando gases hacia su interior, pese a que esa vivienda no formaba parte del inmueble alcanzado por la orden de desalojo.
Santa Rosa tampoco ocurre en cualquier momento
En los últimos meses la discusión por la tierra, los recursos naturales y la soberanía adquirió una nueva centralidad política y social en Argentina. Desde que la selección flameó en la cancha la bandera de “Las Malvinas son argentinas”, distintas expresiones vinculadas con la cuestión nacional comenzaron a ocupar nuevamente un lugar relevante en el debate público.
En ese proceso, consignas como “La Patria no se vende” fueron adquiriendo una presencia creciente y masiva.
Ese proceso tuvo una expresión importante en la movilización nacional del 6 de agosto, donde uno de los ejes centrales fue el rechazo a la extranjerización de la tierra.
En Jujuy esa movilización tuvo una participación significativa. Estuvieron organizaciones políticas y sociales -entre ellas la CCC y el PCR-, pero fue especialmente importante la presencia de comunidades originarias.
A ello se suma que distintos espacios vienen nucleándose alrededor de la defensa de la tierra, el rechazo a su extranjerización y actividades como una clase pública en el marco del paro universitario de Adiunju.
Desde la mirada de integrantes de la comunidad y de quienes vienen acompañando su reclamo, la magnitud y las características del operativo tuvieron un efecto que excedió ampliamente el cumplimiento de una resolución judicial: un efecto disciplinador sobre toda la comunidad y el resto de las comunidades (alrededor de 300 en Jujuy)
Y ese señalamiento adquiere una dimensión todavía mayor cuando el conflicto que originó el procedimiento se refiere precisamente al territorio.
Existe un peligro que Santa Rosa vuelve visible: la pretensión del Estado de convertir los conflictos sobre territorios comunitarios en litigios individuales regidos exclusivamente por el derecho privado que transforme la tierra comunitaria en mercancía.
La falta de reconocimiento efectivo de los territorios comunitarios, los obstáculos que encuentran las comunidades para el reconocimiento de sus personerías jurídicas y la ley del derecho privado en cuestiones comunitarias y preexistentes al Estado argentino, forman parte de una disputa mucho más profunda sobre el territorio.
hoy N° 2124 02/09/2026
