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17 de noviembre de 2010

Desde el 2007, la Multisectorial de la Mujer de Jujuy viene juntando firmas para que se declare la emergencia en violencia sexual contra la mujer. El proyecto tomó estado parlamentario en la Legislatura provincial

Por la declaración de la emergencia en violencia sexual

Hoy 1344 / En la Legislatura de Jujuy

En razón de la gravedad de la violencia que viven las mujeres hoy, por ejemplo en San Pedro de Jujuy, desbordan los juzgados penales, a pesar de que sólo se denuncian algunos de los casos. Luego de la campaña de firmas, se presentaron hace un año en los tres poderes del Estado: ante el Superior Tribunal de Justicia, ante la Legislatura, y en el Poder Ejecutivo Provincial.

En razón de la gravedad de la violencia que viven las mujeres hoy, por ejemplo en San Pedro de Jujuy, desbordan los juzgados penales, a pesar de que sólo se denuncian algunos de los casos. Luego de la campaña de firmas, se presentaron hace un año en los tres poderes del Estado: ante el Superior Tribunal de Justicia, ante la Legislatura, y en el Poder Ejecutivo Provincial.
Hace unas semanas, la Casa de la Mujer María Conti de San Pedro de Jujuy, junto a la Casa de la Mujer de El Carmen y la Multisectorial de la Mujer de Jujuy, se entrevistaron con el diputado Pablo Baca, y entregaron a través suyo a los diputados nuevas firmas solicitando la declaración de la emergencia en violencia sexual.
Allí el diputado tomó el compromiso de presentar el proyecto de ley a fin de dicha declaración. Es así que fue presentado el proyecto que a continuación se transcribe, y que tomó estado parlamentario en la Legislatura de Jujuy.
Protocolos en los hospitales
La Legislatura de La Provincia de Jujuy sanciona con fuerza Ley Nº Art. 1. Declárase la emergencia provincial por los índices de delitos contra la integridad sexual la que comprenderá las siguientes medidas:
a) La implementación de estrategias de difusión masiva del Protocolo de Atención a Víctimas de Violación, aprobado por Resolución del Ministerio de Salud de la Provincia Nº 002388, del 28 de agosto de 2007; donde se estandarizan los procedimientos que deben seguir los efectores de salud en la atención a víctimas de delitos sexuales y se establecen los derechos de las mismas.
b) Elaboración de un plan de actualización permanente a todos los actores del sistema de salud en materia de violencia sexual, salud, perspectiva de género y derechos humanos.
c) La elaboración de un mapa del delito que permita obtener cifras actualizadas y regiones donde se registra una mayor incidencia de los delitos contra la integridad sexual de las personas.
d) Estudio de la creación de una Fiscalía Especializada para el Abordaje de los Delitos contra la Integridad sexual en el ámbito de la Fiscalía General de la Provincia.
Art. 2 De forma.