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24 de noviembre de 2010


El kirchnerismo y la tercerización de trabajo

Hoy 1345 /

Con la irrupción de la dictadura militar, la Ley 20.744 de 1974 (Ley de Contrato de Trabajo) fue cercenada brutalmente en detrimento de los trabajadores, abriendo paso a distintas modalidades de trabajo precario, entre ellas la tercerización, que alcanzó su apogeo en la década del ’90.

Con la irrupción de la dictadura militar, la Ley 20.744 de 1974 (Ley de Contrato de Trabajo) fue cercenada brutalmente en detrimento de los trabajadores, abriendo paso a distintas modalidades de trabajo precario, entre ellas la tercerización, que alcanzó su apogeo en la década del ’90.
La terciarización del trabajo se aplica para reducir costos, fragmentar el mercado laboral y restar fuerza a la acción gremial, ya que los trabajadores precarios ingresan a las empresas públicas o privadas en condiciones diferenciadas y desventajosas en relación a los trabajadores activos.
Como denunciaron los obreros del Roca, los terciarizados no sólo perciben salarios menores sino tienen asignadas las tareas más duras, pesadas y peligrosas que se desarrollan en horarios atípicos y están obligados a producir mucho más que los trabajadores activos. En definitiva el trabajo terciarizado es una modalidad tendiente a garantizar mayor plusvalía para los dueños de las grandes empresas, que con “herramientas legales” delegan labores que antes eran parte de su propio ciclo productivo.
La problemática de los trabajadores terciarizados alcanzó difusión en la sociedad tras el asesinato de Mariano Ferreyra, un crimen ejecutado por la patota de Pedraza, en connivencia con las fuerzas policiales (Federal y Bonaerense) que facilitaron el operativo, y los concesionarios del Roca que otorgaron más de cien “licencias gremiales” para que alcahuetes obsecuentes de la UF pudieran participar, junto a los “barras”, de la emboscada.
La contundente respuesta popular repudiando el crimen llevó al kirchnerismo a desempolvar un viejo proyecto de Piumato para modificar el artículo 30 de la Ley 20.744 con el objetivo, como se sostiene en el hoy anterior, de mostrarse “preocupado” por la situación de los terciarizados y desentenderse de un entramado del que es cómplice. ¿O acaso la inmensa mayoría de las grandes empresas no recurre al trabajo terciarizado?
El nuevo artículo establece que “los contratantes o subcontratantes, en todos los casos, serán solidariamente responsables de las obligaciones contraídas por los contratistas o subcontratistas con los trabajadores y los organismos de la seguridad social (…) durante el plazo de duración de tales contratos o al tiempo de su extinción (…)”.
Como se observa, la nueva legislación sólo se limita a garantizar que la empresa principal tenga la responsabilidad “de ejercer el control sobre el cumplimiento de las obligaciones que tienen los contratistas o subcontratistas respecto de cada uno de los trabajadores que presten servicios” y en el caso de que no cumpla hacerla solidariamente responsable.
De hecho el gobierno de CFK, con algo de maquillaje, mantiene las modalidades del trabajo precario del período neoliberal que tanto critica. En éste, como en tantos otros temas, se observan no sólo sus límites sino su esencia.