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15 de marzo de 2011

Resolución del Comité Central - 26 y 27 de noviembre de 1982

Convocatoria al Cuarto Congreso

Documentos aprobados / Tomo 4-2

El CC reunido los días 26 y 27 de noviembre de 1982, sobre la base del artículo 35 del Estatuto que señala: “El Congreso Nacional del PCR se realizará cada tres años como plazo máximo. El CC está facultado para convocar al Congreso cuando lo considere necesario y postergar esa convocatoria ordinaria en caso de guerra civil, o en una conmoción grave similar”, y considerando:
–     que el anterior Congreso partidario se realizó en marzo de 1974,

El CC reunido los días 26 y 27 de noviembre de 1982, sobre la base del artículo 35 del Estatuto que señala: “El Congreso Nacional del PCR se realizará cada tres años como plazo máximo. El CC está facultado para convocar al Congreso cuando lo considere necesario y postergar esa convocatoria ordinaria en caso de guerra civil, o en una conmoción grave similar”, y considerando:
–     que el anterior Congreso partidario se realizó en marzo de 1974,
–     que las luchas de la clase obrera y el pueblo contra la dictadura en las que ha tenido un papel destacado nuestro Partido, han ido modificando la situación de feroz represión fascista, con decenas de miles de detenidos-desaparecidos, torturados, encarcelados y perseguidos, situación que en su momento hizo imposible la realización del Cuarto Congreso y obligó a su postergación,
–     que en las actuales circunstancias la clase obrera y el pueblo y sus organizaciones políticas y sociales han ido conquistando de hecho y a través de una dura lucha, si bien en forma precaria, algunos derechos democráticos,
–     que es una necesidad de las masas obreras y populares el análisis de estos años de heroica resistencia antidictatorial y las perspectivas revolucionarias abiertas en el país, así como el análisis de la actual situación internacional,
–     que es una necesidad del Partido y una exigencia estatutaria en la actual situación política, la discusión de su táctica política, de su balance de trabajo, así como las reformas y actualización de su programa, de sus estatutos y la elección de autoridades en sus organismos.

El CC de acuerdo al artículo 37 del Estatuto, que señala: “La convocatoria del Congreso Nacional entraña la apertura de la discusión, en el Partido, sobre el orden del día con el cual ha sido convocado. El CC presentará las Tesis, y otros documentos, como base de discusión preparatoria. El período de discusión de los Congresos ordinarios durará cuatro meses como mínimo, en cuyo transcurso será editado un boletín nacional preparatorio, en el cual se publicarán las opiniones de organismos o afiliados que quieran hacerlo”, resuelve:
1)    Convocar en el mes de abril de 1983 al Cuarto Congreso Nacional del Partido. Con el siguiente orden del día: a) Tesis política. b) Balance del trabajo partidario y reformas al Estatuto. c) Reformas al actual programa partidario. d) Elección del CC y de Comisión de Control.
2)    Elaborar y publicar para el mes de abril cuatro documentos para que sean base de la discusión preparatoria: a) Tesis política. b) Balance hasta la actualidad del trabajo del Partido, que junto a los dos documentos de Balance ya publicados serán la base de la discusión de este punto. c) Reformas al Programa. d) Reformas al Estatuto.
3)    Abrir a partir del mes de abril de 1983 cuatro meses de discusión y editar un boletín nacional de discusión preparatoria del Cuarto Congreso Nacional.
4)    Elaborar y hacer conocer al conjunto del Partido las normas de proporcionalidad que determinarán la cantidad de delegados al Congreso de acuerdo a la facultad que le confiere el artículo 39 del Estatuto que señala: “Los delegados al Congreso serán en número proporcional al total de miembros de cada Zona, de acuerdo a las normas que establezca el CC.”
5)    Hacer conocer al conjunto del Partido esta Resolución que tiene un estricto carácter interno.