Al mismo tiempo quita este derecho a los demás trabajadores considerando que una huelga decidida por organizaciones sociales, cooperativas, cuerpos de delegados, comisiones internas o asambleas, tercerizados, son ilegales y pueden ser causales de despidos justificados. Con esto limita el derecho de huelga, expresamente previsto en el artículo 14 Bis de nuestra C0nstitución y normas internacionales sobre derechos humanos.
Al mismo tiempo quita este derecho a los demás trabajadores considerando que una huelga decidida por organizaciones sociales, cooperativas, cuerpos de delegados, comisiones internas o asambleas, tercerizados, son ilegales y pueden ser causales de despidos justificados. Con esto limita el derecho de huelga, expresamente previsto en el artículo 14 Bis de nuestra C0nstitución y normas internacionales sobre derechos humanos.
Con este fallo la Corte le da un instrumento poderoso a la política de despidos y ajuste del gobierno de Macri: el veto a la ley contra los despidos aprobada por el Congreso Nacional y esta decisión es un piedra libre para que las empresas busquen impunemente la máxima ganancia a costa de los trabajadores.
Al mismo tiempo la sentencia fortalece políticamente a los jerarcas sindicales que están comprometidos en darle tiempo al gobierno para que aplique este ajuste salvaje y debilita el poder de las comisiones internas y los delegados combativos y clasistas enfrentados a las cúpulas sindicales. Es decir que restringe la libertad y la democracia sindical y se suma a otros intentos represivos tendientes a impedir la protesta social y obrera.
Ante esto, es urgente una contundente respuesta de movilización popular que exija un paro nacional multisectorial para frenar esta gravísima resolución de la Corte Suprema, levantando la necesidad de frenar los tarifazos y los despidos.