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06 de julio de 2016

Avances represivos en Jujuy contra la CCC

Intentan penalizar el derecho a luchar por agua y luz

 
El jueves 30 de junio se desarrolló el primer juicio contravencional contra un integrante de la CCC de La Quiaca por un acampe de dos días en reclamo de servicios básicos para el Barrio Estela Silos de la localidad. 

 
El jueves 30 de junio se desarrolló el primer juicio contravencional contra un integrante de la CCC de La Quiaca por un acampe de dos días en reclamo de servicios básicos para el Barrio Estela Silos de la localidad. 
Este fue precedido por una importante movilización de comunidades originarias el día anterior, y por una concentración en el Juzgado Contravencional por parte de la CCC el mismo día.
Con la nueva Ley de Faltas, reglamentada por el actual gobernador Gerardo Morales (aprobada por la anterior legislatura), específicamente se considera una falta el que un grupo de personas obstruya el paso vehicular y/o peatonal, pudiendo ser perseguidos –como en este caso- tanto las organizaciones (tengan o no personería jurídica) como las personas en forma individual. En este caso, el Departamento Contravencional, que está integrado por los abogados de la Policía de la provincia, acusó a la comunidad aborigen y a un dirigente de la CCC reconocido como tal, recomendando aplicar cinco unidades de multa.
La defensa se sostuvo en la ausencia de pruebas respecto de la autoría por parte de Félix Chavarría, a quien se persigue solo por ser dirigente y en el legítimo derecho del reclamo de agua y luz para el Barrio Estela Silos, donde viven cien familias. 
Además, se planteó la inconstitucionalidad de artículos de la Ley 5860 en cuanto penaliza una forma de expresión del pueblo, que es justamente el cortar una calle para reclamar derechos, peticionar a las autoridades y hacerse escuchar en ejercicio de un derecho constitucional.
La sentencia sobreseyó a la comunidad originaria por no estar notificada, e impuso un apercibimiento a Chavarría, el que desde ya será apelado atento a las defensas claramente desoídas.
De esta experiencia persecutoria por parte del Poder Ejecutivo provincial (de él dependen los acusadores en forma directa por pertenecer a la policía provincial, como el juez contravencional) podemos concluir en la profundización del aparato represivo para ser desplegado contra el conjunto del pueblo cuando así pretenda el gobierno. El avance del mismo en el cercenamiento de los derechos a reclamar y a hacerlo cortando calles o incluso sin cortarlas (obstruyendo el paso peatonal), y en la insistencia de mantener la conducta de no firmar ninguna intimación o notificación. A la vez, queda planteada la necesidad de una ofensiva desde el campo popular que termine con estas normas represivas.