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01 de marzo de 2021

Sobre el feminicidio de Marina Patagua en Jujuy

El juez Pullen Llermanos desconoce el derecho y promete más indefensión

Escribe Mariana Vargas (abogada patrocinante de las hijas de Marina Patagua)

En conferencia de prensa, el Juez Pullen Llermanos, explicó que las leyes no le permitieron  mantener detenido por lesiones leves agravadas por violencia de género a Gutiérrez, el violento que semanas después de ordenada su libertad se convirtiera en el femicida de Marina Patagua. Dijo que en todo caso sería necesario cambiar las leyes para poder decidir en ese sentido. Y que no era previsible la muerte de Marina, que eso es algo que nunca se puede prever.

Lo ocurrido con Marina, y las declaraciones posteriores por Pullen Llermanos, significaron y significan una certeza de mayor vulnerabilidad para las mujeres y niñas jujeñas, y  especialmente para las mujeres de Perico y Humahuaca, que son quienes  hoy cuentan con nuevos  Juzgados Especializados en Violencia de Género, donde se habilitó a dicho Juez mediante la acordada  Nº 115/2020 del Superior Tribunal de Justicia.

El 13 de octubre de 2020, un comunicado del Poder Judicial expresaba:  “Con el fin de resolver de manera urgente y prioritaria el acceso a la justicia de aquellas personas que se encuentren en estado de indefensión por ser víctimas de violencia de género o intrafamiliar, el Superior Tribunal de Justicia declaró hoy, 13 de octubre de 2020, la Emergencia del Poder Judicial en lo que respecta al Fuero Especializado en Violencia de Género, hasta nueva disposición. En ese marco, ordenó la puesta en funcionamiento de los Juzgados Especializados en Violencia de Género de las ciudades de Perico, Humahuaca y Libertador General San Martín, a partir del lunes 19 de octubre del corriente año.”

La indefensión de las víctimas de violencia de género a la que se refiere este comunicado, no viene siendo resuelta, por lo menos por el Juez habilitado para ello en los Juzgados Especializados de Humahuaca y Perico, y para todas las mujeres que durante la feria judicial de enero contamos con dicho Juez habilitado también en el de San Salvador de Jujuy.

El informe de riesgo realizado por peritos del Ministerio Publico de la Acusación (MPA) no sería válido para el juez Pullen Llermanos para aconsejar mantener detenido a Gutiérrez ya que era “calcado de otro”, y en otra causa la Fiscalía habría aconsejado la libertad de otro detenido con el mismo informe. Desconocemos lo verídico o falso de esta afirmación, y si se trató del mismo fiscal opinante, pero el problema es que si el Juez Pullen Llermanos decide ignorar los informes de riesgo del MPA, por las razones que fuera, deberá realizar los propios. El problema es que ignoró el informe del MPA y decidió que no era necesario realizar otro. En síntesis, entiende que no sirven los informes de riesgo. Y este es un gran problema para las víctimas de violencia, y la protección estatal necesaria. Porque son los informes de riesgo la única herramienta de carácter científico que permite conocer (no hablamos de adivinar) el riesgo real de una mujer víctima de violencia de género, en un contexto nacional y provincial en el que el propio poder Legislativo y el propio poder Judicial declararon la emergencia en violencia de género. Es decir, el Estado reconoce que las mujeres estamos en una situación de riesgo inminente o inmediato, y tomó medidas en tal sentido. Lo mismo ocurre en cada caso en particular: si el Estado sabe del riesgo inminente o inmediato, como ocurrió con el caso de Marina Patagua, y en vez de conocer y aplicar las leyes que rigen en nuestro país y provincia para neutralizar ese riesgo, dice que no existen, las desconoce, y libera a quien luego mata a la misma víctima a quien antes golpeó brutalmente (matándola de la misma forma más el plus del puñal) ¿Qué espera al resto de las mujeres que sufren violencia de género?

El informe de riesgo es, por ejemplo, en Buenos Aires uno de los elementos más importantes que la Oficina Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación aporta al Poder Judicial: “es el informe que da cuenta de la evaluación de riesgo que tiene como base de análisis la cantidad y el tipo de indicadores de riesgo que reúne la situación. A este análisis se suma el del tiempo en el que la persona que aparece como afectada estuvo expuesta a la situación de violencia. Algunos indicadores que se tienen en cuenta son, por ejemplo, la existencia de lesiones físicas en la persona que aparece como víctima, la presencia y/o el acceso a armas, la presencia de diferentes tipos de violencia, la necesidad de huir de la vivienda por razones de seguridad, el abuso de drogas y/o alcohol por parte de la persona indicada como agresora, la existencia de intervenciones judiciales previas, la celotipia, la naturalización y aceptación de la violencia por parte de la víctima, la dependencia económica, la falta de una red social que pueda servir de sostén, el aislamiento de quien se presenta como víctima, entre otros” (Paula Feldman y Analía S. Monferrer, ACCESO A JUSTICIA: LA OFICINA DE VIOLENCIA DOMÉSTICA).

Si el movimiento de mujeres y una comunidad harta de las innumerables muertes, arrancó con el desborde de dolor y lucha la declaración de emergencia en la Provincia y en el Poder Judicial, que la misma se efectivice con jueces que no comprenden acabadamente la violencia de género, al punto de transformarse en estandartes reproductores de ella para salvar el propio pellejo, ni entienden su rol como funcionarios del Estado y  la obligación de éste de  prevenir, investigar o sancionar con la debida diligencia la violencia contra la mujer, garantizando el derecho a la integridad física, psíquica y/o vida de las mujeres, esa declaración de emergencia cae en saco roto. Entonces, necesitamos que esta contradicción entre lo que hizo el Poder Judicial (declarar la emergencia, poner en funcionamiento los nuevos juzgados especializados y habilitar jueces en ellos) y lo que resultó, es decir, más indefensión para víctimas de violencia de género, se resuelva. Necesitamos hoy –no mañana- que el Superior Tribunal de Justicia habilite a otra persona en los Juzgados Especializados en Violencia de Género. Una persona que si se equivoca, asuma el error. Pero no que nos convenza de que la violencia de género y su escalada no puede prevenirse, y que no tenemos leyes que permitan ello. Porque esto último implica decir que el Poder Judicial no puede hacer nada. Y es un discurso que reproduce impunidad y empodera a los violentos que se saben, de antemano, impunes.

No hay forma de recuperar de la muerte a Marina Patagua, pero sí hay forma de evitar que haya otra mujer asesinada porque un juez decide que no es posible evitar las muertes, ni medir riesgos, ni cumplir lo que manda la Convención de Belem do Pará en su art. 7: actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer (inc. b.), adoptar medidas jurídicas para conminar al agresor a abstenerse de hostigar, intimidar, amenazar, dañar o poner en peligro la vida de la mujer de cualquier forma que atente contra su integridad o perjudique su propiedad (inc. d.), establecer procedimientos legales justos y eficaces para la mujer que haya sido sometida a violencia, que incluyan, entre otros, medidas de protección, un juicio oportuno y el acceso efectivo a tales procedimientos (inc. f).

Por esa razón aplicar la prisión preventiva en casos en donde se investigan hechos de violencia de un hombre contra una mujer en contexto de género, cuando las circunstancias así lo ameritan, es reconocer la obligación que ha asumido el Estado argentino al suscribir los tratados internacionales de derechos humanos que tienen por objetivo la erradicación de la violencia contra la mujer, que incluye que el Estado adopte mecanismos eficientes y eficaces no solo para investigar esos tipos de conductas y sancionarlas, sino también para prevenirlas.

Muchas veces la única manera posible de evitar que un varón continúe ejerciendo violencia hacia la mujer es su encarcelamiento preventivo durante el trascurso del proceso. Porque hablamos de una violencia en escalada que, si no hay respuesta inmediata y efectiva del Estado, puede llegar al femicidio. Este es el último acto de esa escalada de violencia, no el primero.

Que el juez Pullen Llermanos siga habilitado en los Juzgados Especializados en Violencia de Género de Humahuaca y Perico, implica dejar a las mujeres víctimas de violencia machista de esas zonas en estado de indefensión.  La misma indefensión en la que fue puesta Marina Patagua, cuando el Estado no la resguardó de la violencia de género que terminó matándola.

Por eso, seguimos insistiendo en el pedido que realizó la Multisectorial de Mujeres y Disidencias de Jujuy al Superior Tribunal de Justicia: que se habilite ya a otro/a juez/jueza en dichos Juzgados, con acreditada capacitación en perspectiva de género, lo que puede surgir de los concursos que ya se realizaron para los otros Juzgados Especializados en Violencia de Género.