¿Cuál es el fundamento irrefutable para bajar la edad de punibilidad? ¿De dónde se desprenden las afirmaciones que vociferan los funcionarios nacionales respecto al crecimiento de la delincuencia Juvenil cada vez a menor edad? Argumento que por otra parte, fue esgrimido por sus autores al aprobar el nuevo Código Procesal Penal Juvenil de Santa Fe, en la Cámara de Diputados allá por diciembre de 2.023.
Con tan solo revisar los trabajos pormenorizados realizados por la hoy desmantelada SeNAF, queda en evidencia que la fundamentación se basa en un claro objetivo de criminalizar la juventud y la niñez, que no oculta su sesgo clasista y discriminatorio. Coherente con una política de vaciamiento de todo Plan/Programa, que atienda las verdaderas necesidades de una población mayormente vulnerable (7 de cada 10 niños y niñas son pobres en nuestro país).
La estadística debe ser tenida en cuenta como valor fáctico que avale la implementación de toda Política Pública. Definir un asunto de Estado tan delicado a través de “focus group” parece cuánto menos irresponsable. Más aún cuando un área de gobierno como la SeNAF dedicó una parte de su gestión a aportar datos valiosos que podrían ser utilizados en pos de dar una respuesta adecuada al problema en cuestión
Al 2022 la población Penal Juvenil rondaba los 4100 casos. Mientras que en 2018, llegaban a 4400. Un 70% era abordado desde dispositivos penales en territorio. Casi un 25% lo era en dispositivos de privación de libertad. De ellos, al 54% se le imputaron delitos contra la propiedad y un 16% de delitos contra las personas. Muy por debajo (2%), aparecen delitos contra la salud pública (Ley de estupefacientes). Mientras que los delitos contra la integridad sexual se ubicaron en un 6,3% del total (quizá una buena ESI ayudaría a bajar estos indicadores). Datos del Relevamiento Nacional de Dispositivos Penales Juveniles de la SeNAF.
Los números, aunque no son bajos, no parecen lo “alarmantes” que dicen ser. Más si se tiene en cuenta que podemos encontrar esa cantidad de detenidos en uno o dos penales de adultos.
Para completar el cuadro, los casos correspondientes a menores a los 16 años de edad representan entre un 0,8 y el 2%; un centenar de niños/as que parece ocupar la agenda Nacional para caerles con todo el peso de la Ley antes que tengan plena conciencia de sus propios derechos.
Por más que les parezca una aberración, el acceso a la salud, la educación y la recreación deben estar garantizados por el Estado para cada argentino y argentina desde la primera infancia. Porque los/las grandes deportistas que hoy disfrutamos, ayer fueron niños/as que a la vez que se desarrollaban en su disciplina, encontraron contención y apoyos en la pertenencia a una Institución, a un club de barrio, a una base social donde anclar sus sueños y proyectos.
Mantienen plena vigencia las palabras de ese niño desfachatado en un potrero de Villa Fiorito, allá por 1971: “Mi primer sueño es jugar en el Mundial. Y el segundo es salir campeón.”
Si la posibilidad de acceder a un Club debe partir exclusivamente de los bolsillos cada vez más flacos del Pueblo, se estará cercenando derechos a cada vez más niños y niñas que anhelan participar de los grandes eventos deportivos. Hoy, desde el propio Estado se promueven políticas que profundizan la desigualdad. Consecuentemente, se emprende un camino que pareciera destinado a reforzar la idea acerca del crecimiento exponencial del delito juvenil a menos edad, un relato que los números hoy desmienten.
Escribe Julio Martínez
hoy N° 2020 31/07/2024