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02 de septiembre de 2025

Diputados chaqueños buscan explicaciones sobre un Operativo Militar en Territorios Indígenas

Con la firma de trece diputados de la Provincia del Chaco ingresó el 1 de septiembre a la Legislatura, el proyecto de Resolución N°1846/2025, con el fin de citar a una Sesión Especial de Interpelación al Ministro de Seguridad, Hugo Daniel Matkovich, para que responda sobre el “Ejercicio Militar Libertador 2025”. Piden que dicha sesión se lleve a cabo en la primera semana de septiembre.

La iniciativa surge a raíz de la preocupación de legisladores y comunidades originarias ante un operativo de gran escala decidido y organizado sin la debida información pública.

El operativo, que movilizará soldados y armamento, afectará una vasta área de 250km por 300km durante 35 días, según la información difundida en redes sociales y portales periodísticos desde el 15 de agosto. Este despliegue ha generado una “profunda y legítima preocupación” en organizaciones y representantes del Pueblo Wichí de El Impenetrable, quienes han solicitado una audiencia urgente con el ministro ante la falta de claridad y acceso a la información.

El proyecto de resolución de la Cámara destaca que la memoria histórica de los Pueblos Originarios, marcada por tragedias significativas como la Conquista del Chaco (1881-1884) comandada por el General Benjamín Victorica, la Masacre de Napalpí (1924), la Masacre de El Zapallar (1933), la Matanza de Rincón Bomba (1947), provoca una constante sensación de inseguridad y racismo. Por ello, se enfatiza la necesidad que el Estado demuestre su firme convicción en los derechos humanos y evite la repetición de actos de violencia institucional.

El pliego de preguntas que el Ministro Matkovich deberá responder en la interpelación es extenso y detallado. Se busca conocer:

  • El acto administrativo que autoriza y reglamenta el operativo.
  • Los objetivos específicos y el marco legal o de seguridad que lo justifica.
  • La participación de organismos provinciales y federales, y la cadena de mando.
  • Si se realizó la Consulta Previa, Libre e Informada (CPLI) con las comunidades afectadas, un derecho reconocido por la Constitución Nacional y el Convenio 169 de la OIT.
  • Si el área de operaciones se superpone con territorios ya relevados o en proceso de relevamiento en el marco de la Ley Nacional N° 26.160.
  • Los protocolos de actuación de las fuerzas de seguridad para interactuar con miembros de las comunidades indígenas, respetando sus pautas culturales.
  • Las medidas para salvaguardar sitios sagrados y áreas de importancia cultural.

 

El Proyecto de Resolución, que lleva las firmas de los diputados Ayala Juan Carlos, Benítez Paola, Charole Andrea, Chiacchio Cavana María Pía, Cubells Tere, Flores Analia,  Guillón, Rubén Omar, Ocampo Rodrigo, Ojeda Gricelda, Pérez Pons Santiago, Quirós Mariela, Schwartz Rodolfo y Slimél Nicolás, subraya la importancia de la transparencia y el diálogo con las comunidades, al tiempo que señala que la Comisión de Pueblos Originarios de la Cámara de Diputados tampoco fue informada sobre la planificación y ejecución del operativo.

 

A continuación, transcribimos el texto del Proyecto N° 1846/2025:

Extracto: CITA AL SEÑOR MINISTRO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DEL CHACO, PARA QUE CONCURRA A UNA SESIÓN ESPECIAL DE INTERPELACIÓN, A CELEBRARSE EN LA PRIMERA SEMANA DE SETIEMBRE DE 2025

Autores: Diputado Juan Carlos Ayala, Diputad Paola Andrea de las Mercedes Benítez, Diputada Andrea Anastacia Charole, Diputado María Pía Chiacchio Cavana, Diputado Teresa Mónica Cubells, Diputado Analía Inés Flores, Diputado Rubén Omar Guillón, Diputado Rodrigo Hernán Ocampo, Diputado Elba Gricelda Ojeda, Diputado Santiago Agustín Pérez Pons, Diputado Silvia Mariela Quirós, Diputado Rodolfo Schwartz, Diputado Nicolás Slimel

Fecha de Presentación 01/09/25 09:12

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO RESUELVE

: Citar al Señor Ministro de Seguridad de la Provincia del Chaco, Hugo Daniel Matkovich, para que concurra a una Sesión Especial de Interpelación, a celebrarse en la primera semana de setiembre de 2025, en horario que la Presidencia determine, a fin de responder al pliego de preguntas que forma parte de la presente como Anexo I.

: Expresar la preocupación del pleno de esta Legislatura ante la falta de información previa sobre un Operativo del Ejército denominado “Ejercicio Militar Libertador 2025”, del cual se difundió información pública por redes sociales y portales a partir del 15 de agosto del corriente y que afectará 7.500.000 hectáreas durante 35 días.

: Destacar que organizaciones y representantes de comunidades del Pueblo Wichí de la región de El Impenetrable han solicitado informe y audiencia urgente al mismo Ministro, manifestando una profunda y legítima preocupación, fundada en la falta de información clara, pública y accesible sobre un despliegue de fuerzas en sus territorios ancestrales.

: Manifestar que la memoria histórica de los Pueblos Originarios, marcada por significativas tragedias como la Conquista del Chaco (1881-1884) comandada por el General Benjamín Victorica, la Masacre de Napalpí (1924), la Masacre de El Zapallar (1933), la Matanza de Rincón Bomba (1947), provoca una constante sensación de inseguridad y racismo para las comunidades de Pueblos Originarios por parte del Estado, y en consecuencia exige de todas las áreas gubernamentales, conductas que muestren firme convicción en los derechos humanos, en los derechos reconocidos a los Pueblos Indígenas en la Constitución Provincial (art 37), Constitución Nacional (art. 75, inc. 17) y Convenios Internacional como el 169 de la OIT ratificado por Ley Nacional Nro 24.071, evitando la repetición de actos de violencia institucional.

: De forma.

 

FUNDAMENTOS:

A partir de notas periodísticas publicadas en los últimos 10 días, con entrevistas a los responsables del Operativo Libertador, Comandante Oscar Zarich y Comandante Sergio Jurczyszyn, tomamos conocimiento de un enorme movimiento de soldados, armamento, logística en territorio de nuestra provincia, durante aproximadamente 35 días con una cobertura física de 75.000 kilómetros cuadrados, equivalentes a 7.500.000 hectáreas, casi el doble de la superficie de los Departamentos Güemes y Brown sumados:

15-08-2025 DIARIO EXPRESS IG  https://www.instagram.com/reel/DNZMAGjt2a0/?igsh=MWhtNmhkMnNuNXRuYQ==

16-08-2025 MISIONES ONLINE   https://misionesonline.net/2025/08/16/el-ejercito-argentino-probara-su-fuerza-en-el-megaoperativo-libertador/#:~:text=El%20Ej%C3%A9rcito%20Argentino,el%20control%20territorial

25-08-2025  DIARIOCHACO.COM https://www.diariochaco.com/677372-el-ejercito-argentino-instalo-una-base-provisoria-en-el-aeropuerto-de-saenz-pena

Semejante despliegue de armamentos y soldados, sin los adecuados canales de diálogo e información con los habitantes del territorio, puede generar peligros y tensiones innecesarias, criminalización de las comunidades y potenciales vulneraciones de derechos colectivos e individuales.

La Constitución de la Provincia del Chaco, en su Artículo 37, reconoce y garantiza los derechos de los pueblos indígenas, en consonancia con la Carta Magna Nacional, en su artículo 75, inciso 17, que reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos, garantizando el respeto a su identidad (…) a la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan, asegurando su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten.

El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ratificado por la República Argentina mediante la Ley Nacional N° 24.071, establece en sus artículos 6 y 15 la obligación de los gobiernos de consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente.  Dicha consulta debe ser llevada a cabo de buena fe, de una manera apropiada a las circunstancias y con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas. Este principio se conoce como Consulta Previa, Libre e Informada (CPLI).

La Ley Nacional N° 26.160 de Emergencia en Materia de Posesión y Propiedad de las Tierras que Tradicionalmente Ocupan las Comunidades Indígenas Originarias del País, y sus sucesivas prórrogas, establece un proceso de relevamiento técnico-jurídico-catastral de la situación dominial de dichas tierras, siendo fundamental determinar si el operativo “Libertador 2025” se superpone con territorios ya relevados o en proceso de relevamiento.

Siendo una facultad y un deber irrenunciable de esta Honorable Cámara de Diputados, velar  por la plena vigencia de los derechos y garantías constitucionales de todos los habitantes de la provincia, y en especial de los pueblos preexistentes, solicito a mis pares el acompañamiento a la presente.

 

Fuente: https://ptpchaco.org.ar/2025/09/01/diputados-chaquenos-buscan-explicaciones-sobre-un-operativo-militar-en-territorios-indigenas/