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06 de octubre de 2021

Confirman sentencia a directivos de Ford por delitos de lesa humanidad

El 29 de septiembre la Sala 2 de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de San Martín en 2018, donde condenó a Pedro Müller (miembro del directorio, vicepresidente y gerente de Manufactura de Ford Motor Argentina SA) a la pena de 10 años de prisión, Héctor Francisco Jesús Sibilla (jefe de Seguridad de la Planta) a la pena de 12 años de prisión y a Santiago Omar Riveros (jefe del Comando de Institutos Militares, quién tenía el control operativo absoluto sobre el territorio que formaba la llamada Zona de Defensa IV Jefe de la Zona de Defensa 4) a la pena de 15 años de prisión.

Los tres fueron condenados por los secuestros y torturas que tuvieron como víctimas a 24 trabajadores (muchos de ellos delegados y activistas gremiales) que se desempeñaban en la planta de Ford en Pacheco, provincia de Buenos Aires.

De los 24 trabajadores secuestrados y torturados, 17 fueron secuestrados dentro de la fábrica mientras se encontraban trabajando en la línea y 7 lo fueron en sus domicilios.

La secuencia de secuestro de trabajadores comenzó el mismo 24 de marzo de 1976 y continuó hasta el mes de septiembre de 1976. Esto no quiere decir que hayan recuperado su libertad en dicha fecha. Muchos continuaron “blanqueados” mucho tiempo más.

Müller, Sibilla y la Ford fueron autores de estos hechos. Fueron ellos quienes entregaron al Ejército las listas con los trabajadores que debían ser secuestrados, les dieron sus legajos con todos sus datos y fotografías, les facilitaron el uso de las instalaciones de la fábrica, directivos de Ford, acompañaban a los militares en el momento de la detención de los trabajadores dentro de la planta (para indicarles dónde estaba y quién era), montaron un centro clandestino de detención dentro de la fábrica (en el Quincho) donde los trabajadores eran torturados, facilitaron vehículos a los militares para llevar adelante sus crímenes, y se beneficiaron económicamente con los secuestros y tormentos.

Acto seguido al hecho del secuestro (dentro de la propia fábrica) Ford enviaba carta documento al domicilio del trabajador denunciando abandono de trabajo e intimándolo a presentarse a trabajar. Dado que el trabajador no podía presentarse (estaba desaparecido) era despedido con causa. Ni indemnización le pagaban a la familia, a la que le negaban todo conocimiento sobre el paradero de los trabajadores secuestrados.

Los 24 trabajadores víctimas son: Jorge Enrique Constanzo, Marcelino Víctor Repossi, Luis María Degiusti, Carlos Rosendo Gareis, Hugo Adolfo Núñez, Pedro Norberto Troiani, Juan Carlos Conti, Vicente Ismael Portillo, Carlos Alberto Propato, Rubén Traverso, Fernando Mario Groisman, Ricardo Avalos, Héctor Subarán, Eduardo Norberto Pulega, Raimundo Cayetano Robledo, Luciano Bocco, Francisco Guillermo Perrota, Pastor Murúa, Juan Carlos Ballesteros, Adolfo Omar Sánchez, Rubén Ernesto Manzano, Juan Carlos Amoroso, Carlos Enrique Chitarroni y Roberto Cantello.

La condena, y hoy su confirmación, son un hito histórico en el juzgamiento de la responsabilidad empresarial (socios, directivos, gerentes) en la perpetración de delitos de lesa humanidad.

Son un hito y una victoria histórica producto de la lucha de los trabajadores sobrevivientes, los familiares, los trabajadores actuales, el movimiento de derechos humanos y del pueblo argentino.

Los únicos precedentes de condenas a empresarios por delitos de lesa humanidad fueron durante los juicios de Nüremberg y Tokio luego de la segunda guerra mundial.

El juzgamiento de la responsabilidad empresarial en el genocidio dictatorial tuvo una victoria importante que vitaliza el resto de las causas actualmente en trámite (Blaquier, Molinos, Acindar, Veloz del Norte, La Fronterita, Loma Negra, Mercedez Benz, Lozadur, Astarsa, Mestrina, entre muchas otras).

Escribe Ricardo Hidalgo

Hoy N° 1884 06/10/2021