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07 de marzo de 2018

Derechos de familia, recorrido de las leyes

En 1869 el Código civil incorpora la concepción católica, como “derechos de familia”. En 1889, con gran polémica, se aprueba la Ley de Matrimonio Civil (2393): ya no es obligatorio el casamiento religioso, pero se mantiene la indisolubilidad del matrimonio. En 1922 se modifica la pena por adulterio; antes era sólo para las mujeres. En 1926 se incorporan algunos derechos: las esposas pueden disponer de bienes, firmar contratos, elegir su ocupación. En 1954 se anula la discriminación para los hijos naturales en los documentos de identidad, pero heredan la mitad de lo que corresponde a los hijos legítimos. En el mismo año se aprueba el divorcio, pero es derogado en 1955 luego del golpe militar. Finalmente, en 1987, con las campañas de la Multisectorial de la Mujer y de los dos primeros Encuentros Nacionales de Mujeres, se consigue el Divorcio vincular –Ley 23.515– que modifica la “Ley del nombre”: la mujer casada puede decidir si lleva, o no, el apellido del marido.