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28 de mayo de 2014

El derecho a protestar

“El derecho a la protesta no es un derecho más, sino uno de especial relevancia dentro de cualquier ordenamiento constitucional: se trata de un derecho que nos ayuda a mantener vivos los restantes derechos. Sin un robusto derecho a la protesta todos los demás derechos quedan bajo amenaza, puestos en riesgo. Por ello resulta sensato designar al derecho a la protesta como “primer derecho”…

“El derecho a la protesta no es un derecho más, sino uno de especial relevancia dentro de cualquier ordenamiento constitucional: se trata de un derecho que nos ayuda a mantener vivos los restantes derechos. Sin un robusto derecho a la protesta todos los demás derechos quedan bajo amenaza, puestos en riesgo. Por ello resulta sensato designar al derecho a la protesta como “primer derecho”…
“El Gobierno chileno o el ecuatoriano utilizan el rigor de las leyes antiterroristas contra debilitados grupos indígenas… el Gobierno argentino acumula muertos en situaciones de protesta social (alrededor de una veintena) detrás de una imperturbable retórica de compromiso con los derechos humanos… También en Europa deslizan, detrás de la ambigüedad de sus normas ‘antiterroristas’, medidas capaces de alcanzar a los ‘indignados’ de este tiempo”. Roberto Gargarela, El País. 21/5/2014.