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16 de mayo de 2012


Identidad de género

Hoy 1419 / Una conquista democrática

Recientemente, el Senado aprobó la “Ley de identidad de género”, por la cual cualquier persona puede cambiar en el Registro Civil el sexo, imagen y nombre de pila con el que fueron inscritos al nacer cuando no coincidan con la identidad de género autopercibida.
Esto es una conquista democrática, producto de la lucha de años, en particular de las organizaciones de transexuales, travestis, y otras de la comunidad homosexual, con el apoyo de organizaciones populares.

Recientemente, el Senado aprobó la “Ley de identidad de género”, por la cual cualquier persona puede cambiar en el Registro Civil el sexo, imagen y nombre de pila con el que fueron inscritos al nacer cuando no coincidan con la identidad de género autopercibida.
Esto es una conquista democrática, producto de la lucha de años, en particular de las organizaciones de transexuales, travestis, y otras de la comunidad homosexual, con el apoyo de organizaciones populares.
El Artículo 2º de la ley establece: “Se entiende por identidad de género a la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo. Esto puede involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido. También incluye otras expresiones de género, como la vestimenta, el modo de hablar y los modales”.
La ley establece además que no hay obligación de acreditar intervención quirúrgica, hormonal o cualquier otro tipo de tratamiento médico para acceder el beneficio por el cual se le otorga al solicitante una nueva partida de nacimiento y un nuevo DNI, aunque se mantiene el número de documento a efectos de conservar derechos y obligaciones precedentes en cuestiones legales, comerciales, etc. Una ley de similares características ya había sido aprobada en Uruguay, aunque la argentina incluye obligaciones al sistema de salud público y privado a brindar a toda persona el acceso a intervenciones quirúrgicas totales y parciales y/o tratamientos integrales hormonales para adecuar el cuerpo, incluido su genitalidad, a su identidad de género autopercibida sin necesidad de exigir previa autorización judicial o administrativa.
El kirchnerismo, tan afecto a apropiarse de banderas de la lucha popular, como a negar la validez de esas luchas para lograr cambiar la realidad, saca chapa de “progresista” con esta ley, así como lo hizo en el caso del matrimonio homosexual, mientras se niega a debatir la despenalización del aborto. Pero sabe el pueblo, por su experiencia, que la pelea seguirá para que se concreten estos cambios aprobados, y los transexuales no sean condenados como hasta ahora a una condición de discriminación que les impide el acceso al trabajo y a una vida digna.