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02 de octubre de 2010

El aumento del salario mínimo no se aplica al sueldo de los trabajadores rurales. Unirse por recomposición salarial y por la derogación de la Ley de Trabajo Agrario.

Inmediata recomposición salarial a los rurales

Hoy 1230 / De la CCC de San Juan

La lucha del campo logró abrirle la mano a los Kirchner y debieron dar marcha atrás con las retenciones. Ganaron los campesinos. Ahora somos los trabajadores los que exigimos una actualización del salario al nivel de la canasta alimentaría que hoy está en $ 3.200.
Para recomponer políticamente frente a las masas, el gobierno reunió el Consejo del Salario y elevó el salario mínimo a $ 1.240, quedando por debajo el salario rural registrado que en el mejor de los casos no llega a $ 1.000, ni qué hablar del trabajador rural en negro al que con suerte le pagan $ 35 el día.
El problema es que este aumento del salario mínimo no obliga al empleador a aumentar a los trabajadores rurales, para ello debemos exigir una inmediata recomposición salarial que actualice los valores por resolución del Ministerio de Trabajo que sea de cumplimiento efectivo.
Benegas, secretario de Uatre y amigo de los terratenientes, ha acordado un aumento salarial para solucionar este bache, pero sin tener en cuenta las necesidades reales de los rurales. Además conociendo la trayectoria de este dirigente gremial, no confiamos en que peleen por su aplicación, sino que debemos ser los trabajadores quienes exijamos este cumplimiento en camino de lograr equiparar el salario de ley con la canasta básica de alimentos.
No se aplican para el trabajador rural ni el salario mínimo ni ninguna de las ventajas de la Ley de Contrato de Trabajo, ya que lamentablemente los trabajadores rurales somos discriminados por La ley 22.248 de Trabajo Agrario que la dictadura promulgó para remplazar el Estatuto del Peón. Es por eso que sufrimos las siguientes desigualdades con respecto a un trabajador de cualquier otra rama:
• Las paritarias sobre el salario mínimo vital y móviles no incluyen a los trabajadores rurales
• Trabajador analfabeto: se le permite emitir su consentimiento por medio de la impresión digital sin intervención de la autoridad administrativa o sindical para su real fiscalización.
• Pausa entre jornada y jornada es menor que la habitual, es de 10 cuando debiera ser de 12 horas.
• Cuando se debe otorgar un franco compensatorio, el período legal es mayor (15 días) que el de la ley 20.744 (en la semana).
• Licencias y vacaciones: plazos menores. 10 días para el trabajador con menos de 5 años de antigüedad, en vez de los 15 días.
• Inexistencia del preaviso e integración del mes de despido.
• No indemniza la falta de preaviso ni la integración del mes de despido. No contempla los despidos discriminatorios.

Unidad para la lucha
Es por eso que desde la CCC somos partidarios de la derogación de la ley de Trabajo Agrario (22.248).
Por si fuera poco, la existencia de cuadrillas de trabajadores en negro, sigue siendo general en el campo sanjuanino y en muchos casos compuesta por trabajadores bolivianos que pactan salarios muy por debajo de los de ley y en condiciones de esclavitud. Todo esto permitido por el gobierno de Gioja que mientras convoca a los empresarios agroexportadores para definir un proyecto de largo plazo en su beneficio, mira para otro lado y no actúa para erradicar el trabajo en negro del campo.
La discusión de estos problemas y la organización en cada finca y cuadrilla potencian el gran poder que reside en la unidad para la lucha de los trabajadores rurales. Para esto es necesario recuperar para el clasismo a las organizaciones sindicales, hoy en manos de jerarcas propatronales que son cómplices de la grave situación que viven nuestras familias.