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02 de octubre de 2010

La resolución ministerial que no fue

Hoy 1328 / Se reabre el debate sobre el aborto

¿Qué es la Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos No Punibles? El papelón del ministro Manzur vuelve a poner sobre la mesa el drama de miles de mujeres, sobre todo jóvenes.
La semana pasada los medios de comunicación y la página web del Ministerio de Salud de la Nación, dieron la noticia de que el ministro Manzur habría firmado que la Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos No Punibles, tenía el rango de resolución ministerial. Esta medida, reclamo de distintas organizaciones de mujeres y de derechos humanos para darle peso político y salvar los obstáculos que se suelen presentar ante pedidos de interrupción de embarazos, hubiera sido un avance en relación a los derechos de la mujer. Pero horas más tarde, el propio Manzur, lo desmintió.

La Guía
La Guía Técnica para la Atención de los Abortos No Punibles es un protocolo (pasos a seguir) elaborado en el año 2007, con la aprobación y según la OMS (Organización Mundial de la Salud) y la OPS (Organización Panamericana de la Salud) y es responsabilidad del Estado, que tanto la población como los hospitales públicos la conozcan y la respeten.
“El derecho de las mujeres de acceder a los abortos previstos por el Código Penal constituye propiamente un derecho humano de orden constitucional”, dice la Guía. El protocolo establece que el aborto se debe realizar dentro de los diez días de la solicitud, “previa constatación por parte de un solo médico de la existencia de alguna de las causales” previstas en el Código Penal. Así, queda prohibida la consulta a un comité de bioética u otro órgano similar. La Guía enumera los casos permitidos: si existe peligro para la vida de la mujer; si hay peligro para la salud de la mujer; si el embarazo proviene de una violación; si el embarazo proviene de un atentado al pudor sobre una mujer idiotdemente. Para conocer el texto completo de esta guía, se puede escribir en el buscador de Internet: www.msal.gov.ar+guia.

Sólo un par de ejemplos
Durante la primera parte de este año, se hicieron públicos dos casos de adolescentes víctimas de violación que reclamaron su derecho a interrumpir el embarazo. Fue en la ciudad de Comodoro Rivadavia y se vieron obligadas a enfrentar, además de su ya grave y difícil situación, un tortuoso camino en la Justicia para acceder a un aborto permitido en el hospital público. Recordemos que los médicos del hospital local se negaban a realizar esta práctica, desconociendo la Guía y el derecho de las jóvenes expresado en el artículo 86 del Código Penal.
Esta Guía brinda a los profesionales de la salud un marco jurídico para realizar un aborto no punible. Define un protocolo similar al que aprobó la Legislatura de Chubut a fines de mayo, cuando avaló el pedido de interrupción del embarazo a una adolescente de 15 años (A.G.) que no era discapacitada mental, pero había sido violada.
Un ejemplo desgarrador es el de Ana María Acevedo, santafesina a quien le diagnosticaron un cáncer a los 23 años. No pudo hacer quimioterapia porque estaba embarazada y le negaron el aborto. Luego de unos meses murió ella y su bebé también… Ana María tenía tres hijos.

El verdadero drama
Frente a la falta de anticonceptivos gratuitos y educación sexual para todos; frente a las muertes por embarazos mal realizados a las mujeres que no pueden pagar un “buen servicio”; frente a los embarazos no deseados y provocados por violaciones, el reclamo sigue siendo el que hace tantos años exigimos: ¡anticonceptivos para no abortar y aborto legal para no morir!
Según las estadísticas del Ministerio de Salud, se realizan alrededor de 500 mil abortos al año, y muchos de ellos (siempre en el caso de las más humildes) terminan en muerte. Entre 1995 y 2007, las hospitalizaciones de niñas y adolescentes entre 10 y 19 años por consecuencias de abortos inseguros representaron cerca del 15,5% del total en la Argentina y las internaciones de jóvenes de 20 a 24 años fueron un 26% aproximadamente.
Para avanzar en terminar con las muertes por abortos inseguros, para empezar a resolver algunos de los problemas más urgentes que tienen las mujeres y sobre todo las más jóvenes, es necesaria la decisión política, destinar presupuesto y garantizar su cumplimiento. La Guía Técnica para la Atención de los Abortos No Punibles existe pero nos enteramos a diario que en los hospitales públicos se niegan a ejecutarla. La Ley 25.673 (de Salud Sexual y Procreación Responsable) se sancionó en el año 2002, pero son miles las mujeres y parejas a quienes no se les brindan los consejos y anticonceptivos adecuados en las salas de los barrios y en los hospitales. ¡Los fondos no llegan! Porque se los destina para otras cosas.
Somos nosotras, las mujeres, con nuestras organizaciones, las que debemos poner sobre la mesa todos los elementos para el debate; las que debemos contar nuestra realidad, la de nuestra salud… salpicando con nuestra verdad el verso K de cada día.