La tenencia de la tierra, elemento básico de la producción agraria
La Argentina de hoy no es la de nuestros abuelos, ni siquiera la de nuestros padres. Ha habido grandes cambios a través de las generaciones, no solo en las formas de trabajo sino también en las relaciones que tenemos que establecer para poder trabajar en la tierra. Tenemos nuevos problemas producto de estos cambios que tenemos que abordar, pero también tenemos problemas que se repiten de una generación a otra, bajo nuevas formas, pero que en el fondo tienen que ver con el mismo problema nunca resuelto, que es el de la tenencia del recurso básico de la producción agraria, el objeto de producción sin el cual no se puede realizar esta actividad: la tierra.
La producción en el campo argentino está regida en lo fundamental por las leyes de producción y de distribución del sistema capitalista, por las llamadas “leyes del mercado”, sin mayores interferencias que favorezcan a los obreros rurales o los productores agrarios sin tierra o con poca tierra en relación con sus posibilidades de trabajo sobre la tierra, como ocurrió en la época de nuestros padres con el Estatuto del peón o la Ley de arrendamientos y aparcerías. Estamos casi como en la época de nuestros abuelos, cuando regía plena la “libertad de contratación”. También hoy rige plena la “libertad del mercado” en la comercialización de los productos del campo: no hay juntas reguladoras y ni siquiera precios mínimos sostén para las producciones fundamentales de la alimentación humana. Los “precios del mercado” son los que hoy rigen en lo fundamental a la producción agraria y, aunque ya no existe la dependencia de su transporte de la época de los ferrocarriles extranjeros y la bolsa de arpillera, también como entonces ese es un mercado manejado en forma monopolista por grandes compradores, como ocurre con las grandes cadenas de supermercados para ciertas producciones o con los grandes monopolios de comercialización e industrialización de cereales y oleaginosos, particularmente los exportables, como es el caso de los granos y aceites con Cargill, Bunge, Dreyfus, Toepfer, Dehesa, Vicentin y Nidera. Las retenciones a las exportaciones no afectan directamente a estos monopolios; en todo caso, para ellos, no son más que un dato más a descontar en la relación entre los precios internos y los internacionales: un tipo de cambio diferencial, más bajo que el que rige para otros productos exportables o el tipo de cambio financiero.
Los zorros en el gallinero
No por obvio podemos olvidar que lo fundamental de la producción agraria, aún en las zonas más constreñidas por el minifundio, es una producción para el mercado. La producción y la distribución de lo que se produce están regidos por las leyes mercantiles: la mayoría de los bienes que se producen y de los que se usan para producir en el campo, incluso la propia tierra, son mercancías, cosas que se compran y que se venden, y por tanto tienen su precio en el mercado. Claro después hay que ver cómo se forman esos precios, porque no todos somos iguales en el mercado, y tampoco opera igual el monopolio de la tenencia de la tierra que como operan otros monopolios.
En el caso de la industria, es claramente el monopolio del capital el que determina qué y cómo se produce y cómo se distribuye lo que se produce. Pero la producción agraria, para poder realizarse, requiere de la tierra, además del trabajo y del capital.
Y la tierra, además de ser imprescindible para poder producir, es un bien limitado en el espacio y no reproducible como en el caso de otros medios de producción, lo que otorga a sus propietarios un poder social especial. El monopolio de esta propiedad, les permite a sus dueños, por el solo hecho de ser tales, independientemente de que inviertan en el campo o que recurran a contratistas o arrendatarios, obtener un beneficio extra: la renta de la tierra.
Este monopolio hace que los latifundistas obtengan así enormes beneficios, sin tener que ser ellos los que necesariamente tengan que introducir las mejoras técnicas o los que pongan el capital en el campo; y si ponen algún capital no van a querer dejar de sacar aparte del beneficio correspondiente, su renta por ser propietarios de la tierra, por lo que van a someter a mayor explotación a sus obreros rurales o a sus aparceros.
Los productores del campo que no tienen tierra o tienen poca tierra, para poder producir de acuerdo a sus necesidades, o a su capacidad en bienes de trabajo, tienen que dar cuenta de esa renta, en el precio de la tierra. Sea comprándola o arrendándola. Y el dinero que tengan que adelantar para la compra o el arriendo, deja de pertenecerles, pasa a ser la renta del terrateniente. Y para poder producir, para sus máquinas, la semilla, los fertilizantes, etc., necesitan otro dinero. Y con este dinero y su trabajo, y del trabajo de sus asalariados cuando son capitalistas, tienen que sacar suficiente como para obtener un beneficio propio y el beneficio extra para el terrateniente.
La renta puede tener distintas formas, puede ser mayor o menor según la calidad de la tierra o su distancia del mercado, pero siempre su razón de ser es el monopolio de la propiedad sobre la tierra: un bien que es limitado en el espacio e irreproducible, que le da “derecho” al propietario a apropiarse de todas las rentas: no solo la que surge por diferencias en la calidad o distancia de los mercados de las tierras sino también la que surge de las que son de menor calidad o están a mayor distancia de los mercados, pero que son también requeridas para la producción, porque la tierra está limitada en el espacio sino que también está limitada por la propiedad, y para poder acceder a ella es necesario dar cuenta de la renta.
Hoy N° 1936 26/10/2022