Noticias

09 de mayo de 2018

Una “Reforma laboral” a medida de los poderosos

Macri insiste en derogar los derechos laborales

El gobierno nacional ha remitido al Senado de la Nación tres proyectos de ley en los que pretende avanzar nuevamente sobre los derechos laborales de los trabajadores.

Las propuestas enviadas por el gobierno al Senado estaban incluidas en el proyecto ampliado de reforma laboral cuyo tratamiento fracasó a fines del año pasado en el Congreso, a raíz de los fuertes cuestionamientos que recibió por parte de la oposición legislativa, organizaciones sindicales y gran parte del pueblo en las calles.
Tras este fracaso político, el gobierno siguió instrumentando la rebaja de derechos en los acuerdos colectivos con las direcciones sindicales, y volvió a la idea originaria de una “reforma laboral” en partes.

Los proyectos enviados
El proyecto sobre la “Regularización del empleo no registrado” no es otra cosa que la condonación al sector patronal de las deudas por multas laborales por empleo no registrado. Acá se incorpora la eliminación de la indemnización por despido sin causa, reconocida en la Ley de Contrato de Trabajo para las actividades que adhieran al fondo de cese laboral.
Entre los beneficios para los empleadores establece la condonación del 100% de las multas por trabajadores no registrados si los blanquean dentro de los 180 días de reglamentada la ley. También se crea un Fondo de Cese Laboral Sectorial por parte de las entidades representativas de los empleadores y de los trabajadores, de adhesión voluntaria para el empleador, quien será el exclusivo aportante, destinado a sustituir la cobertura en materia de preaviso y despido sin causa del dependiente.
En caso de un despido con justa causa, quien administre estos fondos le tendrá que devolver al empleador el dinero que éste fue aportando durante la vigencia de la relación laboral.
Por último, es muy importante remarcar que para el caso de las indemnizaciones por antigüedad, se incorpora en la ley el criterio que se venía aplicando en la práctica profesional que el salario para calcular la indemnización no podrá ser inferior al 66 por ciento al mejor normal y habitual percibido en el último año.

Sistema Nacional de Formación Laboral Continua
El proyecto que crea el Sistema Nacional de Formación Laboral Continua elimina las últimas trabas al proceso de precarización de las condiciones laborales y de vida en este caso, en el que se encuentran inmersos los trabajadores jóvenes.
Desde el Título Preliminar se explicita que la “Finalidad de la Ley” no es la formación de los trabajadores sino la de “facilitar el desenvolvimiento económico y la generación de empleo mediante la simplificación de trámites y regulaciones que lo contradigan”.
Es decir, una “formación laboral continua” a gusto y bajo el control de los grupos económicos. Una herramienta para esto será la “credencial de registro ocupacional”, que permitirá a los empleadores un mejor control sobre los trabajadores a contratar, con mayor conocimiento de sus antecedentes, donde los puntajes de calificación pueden estar unidos al conocimiento de la docilidad o el activismo gremial del postulante.
El proyecto prevé la creación del Instituto Nacional de Formación laboral como órgano desconcentrado del Ministerio de Trabajo, y define como destinatarios de la formación laboral continua a los jóvenes menores de 24 años “que se encuentren en proceso de incorporación al mundo del trabajo”, es decir desocupados, empleados en la economía informal o en empleos no registrados, que provengan de hogares en situación de vulnerabilidad social o que tengan estudios formales incompletos.
Estos jóvenes no se consideran como trabajadores sino como “estudiantes y nóveles graduados…” a los que se les da una “asignación estímulo”. Dicha “ayuda económica” puede ser contabilizada como parte del salario por los empleadores. La jornada laboral se fijará en la negociación colectiva “de acuerdo a las características y complejidad de las actividades a desarrollar”, con un máximo de hasta 12 meses y con una carga horaria de hasta 30 horas semanales.
Crea la Red Federal de Servicios de Empleo que, entre otras cosas, blanquea a las agencias privadas de empleo que se encuentran prohibidas por la Ley 13.591.
Entre otras cosas, además, instala el concepto de “empresas en transformación productiva” para “aquellas con dificultades competitivas y/o productividad declinante”, y crea un “seguro de desempleo ampliado” para trabajadores desvinculados de estas empresas. Así, estos pasan a ser personas con “dificultades de inserción laboral”. En criollo: son los trabajadores los responsables de su falta de trabajo, no el Estado. Las empresas que tomen a estos trabajadores se verán beneficiadas con subsidios (por seis meses para menores de 45 años y nueve meses para mayores de esa edad), como parte del salario.

Una herramienta para flexibilizar
Podríamos seguir con el detalle, pero estos ejemplos bastan para mostrar que este sistema de prácticas formativas y de inserción laboral, con un Estado ausente o cómplice en la falta de controles, es manifiestamente regresivo en materia laboral. El objetivo es habilitar la inclusión en las empresas de mano de obra flexible, barata y en reemplazo de trabajadores permanentes.
La reforma no solo no está destinada a mejorar la generación de empleo ni la capacitación de los trabajadores sino que constituye una formidable herramienta de fraude masivo y agudización de la explotación, rebaja de salarios y desindicalización de trabajadores jóvenes, que merece rápidas medidas de lucha que frenen la intención del gobierno de desmantelar las leyes laborales vigentes.

 

Escribe Verónica Quinteros

Hoy N° 1716 09/05/2018