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18 de enero de 2016

En un artículo anterior publicado en el Hoy se dieron las primeras apreciaciones sobre lo que se conocía a través de declaraciones de distintos funcionarios del gobierno sobre las modificaciones a la Ley de Medios y se planteaba la necesidad de profundizar en el análisis al publicarse el decreto en el Boletín Oficial.

Modificaciones de Macri a la Ley de Medios

Cambios en la política de comunicaciones

Se trata de un extenso  decreto (DNU) de 36 artículos, el No 267/2015, publicado en el Boletín Oficial el 4 de enero de 2016. En el mismo, el gobierno de Macri introduce  las bases de lo que va hacer su política en el área de medios y comunicación.  Se dispone modificaciones a la ley de medios audiovisuales (26.522)  y la de Telecomunicaciones (27.078) para ser unificadas en una nueva ley de acuerdo al nuevo orden macrista en su disputa por el control de la opinión pública. En él también se establece la disolución del AFSCA y el AFTIC,  autoridades de de aplicación de ambas leyes y su reemplazo por una sola autoridad de aplicación, el ENACOM (Ente Nacional de Comunicaciones) que funcionará en el ámbito del Ministerio de Comunicaciones. El decreto en otro artículo dispone la creación de una Comisión en el ámbito del Ministerio de Comunicaciones para la Elaboración del Proyecto de Ley de Reforma, Actualización y Unificación de las dos leyes.

 

Violación de la Constitución Nacional

El hecho de que un decreto pase por encima de las normas constitucionales al modificar una Ley aprobada por el Congreso Nacional, está reconocido explícitamente en los considerandos del mismo con el argumento de la premura,” así como la necesidad de la puesta en marcha en forma inmediata del nuevo ente, determinan la imperiosa necesidad de efectuar la reorganización y modificación normativa proyectada, configurando una circunstancia excepcional que hace imposible seguir los trámites ordinarios previstos por la CONSTITUCIÓN NACIONAL para la sanción de las leyes”. Aprovechando la circunstancia del receso parlamentario hasta el mes de marzo en la que el gobierno tiene 60 días para avanzar de hecho (decretazos) en este y otros terrenos.

 

El ENACOM

El nuevo organismo de aplicación funcionará en el ámbito del Ministerio de Comunicaciones, dirigido por el ministro Oscar Aguad lo que deja solo en la letra su carácter de organismo autárquico. Estará integrado por 7 miembros, de los cuales 4 nombra el Poder Ejecutivo, el presidente y 3 directores y los otros 3 por el Congreso Nacional, 1 por la mayoría o primera minoría parlamentaria, otro por la segunda minoría y el otro por la tercera minoría. Los directores podrán ser  removidos de su cargo por el Poder Ejecutivo Nacional en forma directa y sin expresión de causa. Un claro retroceso, que  a diferencia con la Ley de Medios, donde el Poder Ejecutivo ponía dos directamente y se establecían claúsulas estatutarias para su remoción; ley a la que nosotros criticamos por considerar que dejaba demasiado poder al Ejecutivo, en los órganos de ejecución.

 

También se dispone que el quórum para funcionar sea de 4 miembros y en caso de empate el presidente tiene doble voto. Teniendo en cuenta el receso parlamentario hasta marzo y que el gobierno ya nombró los 4 directores para sesionar, ese organismo será un club de amigos macristas que les permitirá durante 60 días avanzar de hecho en crear una estructura y disposiciones para darle vía libre “al mercado” como lo dice el mismo decreto y fortalecer la presencia de los monopolios de la comunicación en el país.

Por lo tanto el gobierno se ha asegurado el control absoluto sobre este organismo y cuando se nombre los directores del Congreso tendrá uno más por su representación parlamentaria. Es decir de 7, tendrá 5. Todo esto invocando “la democracia, la pluralidad y el fin de la dictadura en los medios”.

 

El directorio actual:

Miguel de Godoy (presidente), ex Secretario de Medios de la Ciudad de Buenos Aires.

Agustín Garzón (ex legislador del PRO, ex interventor del AFSCA).

Heber Martinez (ex Gerente de Telefé -Telefónica- y  ex presidente de ATA, (asociación que representa los canales de televisión abierta).

Alejandro Pereyra (ex COMFER y propuesto en su momento por Margarita Stolbizer para el AFSCA, pero no fue aprobado por el kirchnerismo).

 

Vía libre a los monopolios

El capítulo III del decreto introduce modificaciones esenciales a la Ley de Medios para favorecer el avance de las grandes empresas en la posesión de los medios audiovisuales y destruir las grietas que tenía la ley para ser aprovechada por los medios populares. Estas modificaciones venían siendo reclamadas por los multimedios como Clarín.

 

Las modificaciones: antidemocráticas y regresivas.

En el artículo 10 establece la participación accionaria en las licencias y su transferencia con autorización del ENACOM.  En el caso de las empresas para hacerlo con autorización del ENACOM cuando se trate más del 30% de su capital. En el mismo artículo se establece un plazo de 2 años para que las telefónicas accedan a las licencias, lo que ha provocado que protesten las mismas por tener que esperar ese plazo y las empresas de Cable y otras que exigen un plazo más extenso.

 

En el artículo 13 dispone que se puedan emitir acciones, bonos, títulos u otros papeles hasta el 30% del capital de la empresa  licenciataria.

 

El artículo 15 dispone las prórrogas sucesivas de las licencias sustituyendo  el artículo 40 de la Ley de Medios que establecía las prórrogas de licencias por única vez.

El artículo 17 sustituye el artículo 45 de la Ley de Medios (objetado y judicializado por Clarín y declarado constitucional por la Corte Suprema de la Nación), llevando de 10 a 15 las licencias otorgadas a un prestador de servicio audiovisuales. Y elimina el tope del 35% de la población del país que podía abarcar una empresa prestataria de servicios de comunicación audiovisuales. Ahora tiene toda la población.

 

El artículo 18 establece que se pueda comercializar en el mercado las licencias hasta el 45% de su valor accionario, cuando en el artículo 54 de la Ley de Medios autorizaba un 15% y lo llevaba a un 30% en el caso del cable. Y en el mismo artículo autoriza la conformación de redes nacionales privadas de radio o televisión sin límites de horarios especiales hasta un 30% de la programación en aéreas de más de 1.500.000 de población y hasta el 50% en localidades menores. Es decir entregando el espacio al predominio de las grandes empresas y limitando la pluralidad de voces locales. Para esto el decreto sustituye el artículo 63 de la Ley de Medios que le ponía  ciertos límites a esta supremacía de las grandes empresas  en el ámbito nacional. Habrá que esperar el texto definitivo de la nueva Ley para saber si queda en pie el núcleo de normas de la  Ley 26.522 referido al sector de los medios sin fin de lucro, donde les correspondía el 33% del espacio audiovisual. Norma que el kirchnerismo aplicó a cuenta gotas y con un claro predominio en la adjudicación a sectores afines a él pero que permitía seguir luchando por su concreción al amparo de la Ley.

 

Apoyo de las Patronales del sector.

Todos estos cambios regresivos a la ley fueron saludados en forma entusiasta por las patronales de los medios como ATA (Asociación de Televisión Abierta), ARPA (Asociación de Radiodifusoras Privadas Argentinas) y ATVC (Asociación Argentina de Televisión por Cable).