El 14 de mayo se recurrió el fallo que negó otorgar el arresto domiciliario a Romina Tejerina. El 11 de mayo notificaron a la defensa de Romina Tejerina que le negaban el arresto domiciliario, solicitado a fin de garantizar su integridad física. La decisión del vocal presidente de trámite, Dr. Llermanos, se apoya esencialmente en el argumento de que la cárcel tiene “instalaciones necesarias y adecuadas para el alejamiento de la penada Tejerina como para el resto de las internas. No evidenciándose condiciones desfavorables o inhumanas para ellas, contando con elementos de seguridad necesarios para el alojamiento de personas”.
Esta negativa parece fundamentarse en que la cárcel de Jujuy es, para el juez, la única de la Argentina que no cuenta con los problemas que aquejan a la población carcelaria en general y con los graves costos que ello implica: el hacinamiento.
Resulta inexplicable
La defensa legal de la joven jujeña, al recurrir el fallo denuncia que “resulta inexplicable” que si las instalaciones penitenciarias son como dice el juez Llermanos, Romina haya sido agredida y sufriera las lesiones que están acreditadas en la causa, lo que se confirma ya que las propias autoridades del penal la tuvieron que aislar para que no prosiguiera el castigo.
Además se denuncia las condiciones de hacinamiento ocultadas en el fallo de Llermanos, ya que Tejerina comparte su pequeña celda con otras cuatro internas, con las dificultades que eso le crea para desarrollar sus estudios. Y cita el escrito declaraciones del juez Kamada, integrante de la misma Sala Penal, al portal de Internet de Jujuyaldía.com.ar, el 29 de abril de 2009, quien reconoce que las cárceles están “superpobladas”.