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31 de octubre de 2012

El gobierno decidió imponerle a los trabajadores un viejo reclamo de la UIA, para ampliar sus ganancias a costa de la salud y la vida de los trabajadores.

Nuevo ataque a los trabajadores

Hoy 1442 / Ley de riesgo de trabajo

La nueva ley vuelve a la lógica neoliberal de los 90, considerando el trabajo una mercancía y no un derecho humano. Por eso decide no “protegerlo en sus diversas formas”, como lo establece el art. 14 bis de la Constitución Nacional, sino desprotegerlo.

La nueva ley vuelve a la lógica neoliberal de los 90, considerando el trabajo una mercancía y no un derecho humano. Por eso decide no “protegerlo en sus diversas formas”, como lo establece el art. 14 bis de la Constitución Nacional, sino desprotegerlo.


La intención del Poder Ejecutivo había quedado expresada en aquella cena en el Día de la Industria, en Tecnópolis, donde la presidenta del “capitalismo serio”, como le gusta llamarlo, se rindió al poder económico en desmedro de los trabajadores anticipando su verdadera intención, con un argumento propio del menemismo: “terminar con la industria del juicio”, donde fue aplaudida de pie por el “establishment”.
La Ley 24.557 había recibido 12 declaraciones de inconstitucionalidad de la CSJN y el Congreso de la Nación estaba en falta.


Por eso la CTA había trabajado más de dos años debatiendo una nueva ley que resolviera la salud y la seguridad de los trabajadores, que fue presentada por el vicepresidente de la Comisión de Trabajo, Víctor De Gennaro. Un Proyecto Universal, que recuperaba la seguridad y la salud de los trabajadores para la seguridad social, eliminando las ART, creando un Banco de Seguro Público, no estatal, con participación de trabajadores, empresarios y gobierno, incorporando a los trabajadores al control a través del delegado de prevención y los comités mixtos, democratizando las relaciones laborales.


Todo esto se truncó por la obediencia debida de senadores y diputados oficialistas al proyecto de la UIA, que hizo propio el Poder Ejecutivo y que manchará la vida de quienes lo votaran.


A los argumentos de la presidenta “eliminar la industria del juicio”, le decimos que no se puede poner las consecuencias delante de las causas. La verdad es que para que haya industria del juicio, primero tiene que haber “industria de accidentes”, que es lo que se quiere tapar. Para que un abogado haga un juicio primero un trabajador tiene que haber sufrido un accidente.


El otro argumento lo expresó el ministro de Trabajo, hablando de lo dificultoso que es para los trabajadores acceder a la Justicia, y la solución que propone es eliminar el acceso a la Justicia. ¡¿Qué tal?!

 

Los puntos salientes de la nueva ley


1) Ningún artículo trata de la prevención.


A modo de ejemplo, hoy el 65% de los trabajadores de la construcción y de la minería se jubilan por discapacidad.


2) Elimina la doble vía judicial.


La zanahoria es, que aumentan las indemnizaciones y la actualizan semestralmente, y si el trabajador acepta, cobra en 15 días. Pero, ya no podrá reclamar la reparación integral del daño sufrido.


Esto es un verdadero chantaje y extorsión al trabajador en el momento más difícil de él o su familia cuando sufre una discapacidad o muerte.


Este solo artículo viola tres principios constitucionales: el de progresividad del derecho, el de irrenunciabilidad y de no discriminación.


3) Mantiene el listado cerrado de enfermedades.


Soy gastronómico y en ese listado no están las enfermedades de mi actividad: lumbalgias, hernias, várices, columnas, etc., pero tampoco están el cáncer, las enfermedades cardiovasculares, el stress, etc. Por lo tanto en esta ley el Estado se autoriza a perjudicarse a sí mismo; ya que en tiempo record de precarización, de tercerización y no registración, el capital privado está liberado para explotar trabajadores, enfermarlos, discapacitarlos, liberándose con el pago de un precio, transfiriendo las consecuencias sociales al Estado, es decir, garantizando las ganancias del capital privado y socializando las pérdidas en la sociedad.


4) No democratiza las relaciones laborales.


Sin la intervención directa de quienes sufren las consecuencias y los infortunios no se resuelve el problema, como tampoco se ha resuelto el problema de la no registración. Eso se llama libertad y democracia sindical.


Esta ley no incorpora ninguna de las recomendaciones de los Convenios Internacionales de OIT 155 y 187 que nuestro país ratificó.


a) No incorpora el delegado de prevención.


b) No crea los comités mixtos de prevención.


c) No establece la retención de tareas ante un peligro grave e inminente por parte del trabajador.


5) Garantiza los negocios de las ART y fortalece el monopolio sindical-empresario.


Otorga la posibilidad de las mutuas (sindicato-empresario) para actuar como ART.


Es como poner al zorro a cuidar el gallinero. ¿Cómo harán los sindicalistas para resolver el conflicto de intereses, cuando ante un accidente tenga que optar por defender a sus afiliados del sindicato o a su cliente-empresario y socio de su ART-mutua?


Por último, muestra una contradicción histórica de este gobierno: Cuando eliminó las AFJP dijo que era por una concepción ideológica recuperar los aportes de los jubilados a la seguridad social; en cambio con esta ley confirma una sospecha de la sociedad, que aquello lo hizo también por una cuestión de caja. Acá no elimina las ART, ni trae la salud laboral a la seguridad social, sino que garantiza los negocios de sindicalistas y empresarios en desmedro de la vida de los trabajadores.