Reafirmamos que, para los Pueblos y Naciones Originarias nuestros territorios son elementos fundamentales que permiten la continuidad histórica y la plenitud de la vida, la espiritualidad y el desarrollo social, cultural, económico, político y humano, vinculado a nuestra cosmovisión, la cual consiste en la relación profunda con nuestra madre Naturaleza. La vida comunitaria, expresada a través de nuestras propias formas de organización, orientada por nuestras autoridades tradicionales, sistema de participación política y sistema jurídico propio, son posibles solamente dentro de nuestros territorios, permitiéndonos así una convivencia armónica y el autogobierno de nuestros territorios. Partiendo de este concepto de Territorio, analizamos en nuestro evento los siguientes ejes:
Propiedad comunitaria de la tierra: La urgencia en la aprobación de la Ley es porque nos permite asegurar definitivamente el derecho al territorio de las comunidades originarias, ya que garantizará el reconocimiento de su propiedad con carácter comunitario, y establece la imposibilidad de cesiones, ventas y desalojos posteriores. Sólo de esta manera, los gobiernos podrán cumplir el mandato constitucional de reconocer la preexistencia de los pueblos indígenas y asegurar, tras siglos de injusticias, la posesión de tierras ancestrales.
Relevamiento territorial en territorios comunitarios/ley 26160: ¿Cuál es el alcance de Tierra de Ocupación Tradicional Actual y Pública” que impone el Relevamiento vigente?
Derecho a la consulta: La consulta como mecanismo para obtener nuestro consentimiento libre, previo e informado en todo proyecto o iniciativa legal que afecte nuestra vida y territorio, es una obligación que el Estado incumple desde hace 21 años ¿Cómo superamos esta situación?
Reparación territorial: Alcance de este derecho fundamental señalado como el mecanismo para resolver todos los conflictos territoriales actuales y pasados.
Criminalización: Analizamos el momento dramático que vivimos los Pueblos y Naciones originarios como es la represión del ejercicio del derecho. En la actualidad, no es solo que se criminalice la protesta social sino que, en el caso de los pueblos y naciones originarios, se reprime el ejercicio de derecho reconocido en constituciones, convenios, leyes y jurisprudencia vigentes. Compartimos propuestas de trabajo y acciones.
Propiedad comunitaria de la tierra: Hace 9 años el Congreso no habla del tema a pesar de proyectos de Ley que han sido ampliamente consensuados por las organizaciones indígenas del país, perpetuándose la deuda de la Democracia con 40 naciones indígenas en este tema medular. Es urgente la aprobación de esta Ley.
Ley de relevamiento territorial: urgente prórroga de la Ley Nacional 26.160, teniendo en cuenta la situación de numerosas comunidades que aún no han sido relevadas y que corren el riesgo de ser desalojadas.
Derecho a la consulta: Se definió a la consulta como el mecanismo para obtener nuestro Libre Consentimiento Fundamentado Previo en todo proyecto o iniciativa legal que afecte nuestra vida y territorio. La consulta es el mecanismo o herramienta y el consentimiento es el derecho al que no se debe renunciar.
Reparación territorial: Reclamamos que las tierras ociosas en manos extranjeras, así como las tierras en manos de organismos públicos nacionales y provinciales inutilizadas, deben ser empleadas en políticas de restitución territorial.
-Requerimos que, en un acto de justicia histórica, los estados provinciales entreguen definitivamente los títulos comunitarios sobre las tierras que ellos denominan “fiscales” y que constituyen el territorio que ocupamos y donde hemos vivido por generaciones.
– Paralelo al reconocimiento de los territorios donde ejercemos posesión actual, tradicional y pública, demandamos un proceso de reparación territorial para generaciones enteras que han sido expulsadas de sus territorios tradicionales según el acuerdo que los Estados del mundo han aprobado en el año 2007 manera rotunda:
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a la reparación, por medios que pueden incluir la restitución o, cuando ello no sea posible, una indemnización justa, imparcial y equitativa, por las tierras, los territorios y los recursos que tradicionalmente hayan poseído u ocupado o utilizado de otra forma y que hayan sido confiscados, tomados, ocupados, utilizados o dañados sin su consentimiento libre, previo e informado.
2. Salvo que los pueblos interesados hayan convenido libremente en otra cosa, la indemnización consistirá en tierras, territorios y recursos de igual calidad, extensión y condición jurídica o en una indemnización monetaria u otra reparación adecuada. Artículo 28 de la Declaración Universal de los derechos de los Pueblos Indígenas (ONU/2007)
Un fenómeno creciente es la población en la urbe (ciudades). Hoy constituye la población mayoritaria de los 40 pueblos naciones del país. Su voluntad de volver a la tierra es duramente reprimida y esa represión ha llegado a casos de muertes aún hoy sin resolver como los casos de Santiago Maldonado, Elías Garay y “Rafita” Nawel.
Criminalización: Reivindicamos la resistencia como actos de defensa de nuestros derechos colectivos, del territorio y de toda la vida que habita en él. La defensa del territorio no es violencia, es ejercicio de derecho y reafirmamos que el único terrorismo es el aplicado desde el estado, quien tiene el monopolio de la fuerza y lo aplica sólo hacia los sectores débiles y postergados de la sociedad.
Libertad a las pu zomo (mujeres mapuche) encarceladas por defender el derecho al territorio en Mascardi. El Poder Judicial debe cumplir el articulado del Convenio 169 de la OIT, sobre aplicar en causas judiciales tipos de sanción diferentes al encarcelamiento. En el caso puntual de Fvrilofce exigimos la vuelta al rewe de la machi Betiana.
Responsabilizamos a los medios de comunicación masivos que estigmatizan a los mapuches como personas violentas o que atentan contra las instituciones y pretendemos separarnos del Estado, etc. Afirmamos que eso es violencia mediática que alimenta el racismo y sostiene la violencia institucional, etc., que niega el acceso al territorio y el derecho a la consulta. Para revertir este monopolio de la información es necesario reforzar una estrategia comunicacional propia y con identidad, para clarificar los casos de conflicto y reforzar la solidaridad entre comunidades y con la sociedad.
Valoramos los enormes avances logrados en la última década como Pueblos y Naciones Originarios, en leyes, constituciones y jurisprudencia en pos del reconocimiento de nuestros derechos, y requerimos formarnos permanentemente para utilizar esas herramientas en la lucha jurídica como complemento de la lucha política, a través de observatorios y/o equipos que acompañen su que acompañen su aplicación. Este será un instrumento fundamental para potenciar las estrategias de defensa de nuestros derechos negados y así poder enfrentar la parcialidad de un poder judicial clasista y protector de los más poderosos.
Como conclusión, para no perder continuidad en este proceso de coordinación, se definió una fuerte movilización y jornada de lucha el próximo 19 de Abril en CABA.
Hoy N° 1939 16/11/2022