La Internacional Comunista le impuso al Partido Comunista de la Argentina 21 condiciones para admitirlo como sección de la misma. La cuarta establecía: “El deber de propagar las ideas comunistas lleva consigo el deber especial de proseguir una labor de propaganda enérgica y metódica en el ejército. Allí donde esta propaganda está prohibida por leyes de excepción se hará dicha labor ilegalmente. No cumplir con esa labor equivaldría a una traición a los deberes revolucionarios, y sería incompatible con la adhesión a la III Internacional”.
13 de agosto de 2014