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03 de febrero de 2021

Comisión de Economía del CC del PCR – 16/01/2021

Una vez más acerca del cambio de fórmula jubilatoria

Durante la actual gestión, las jubilaciones y pensiones se han transformado nuevamente en una de las patas del objetivo de ajuste fiscal. La suspensión de la fórmula de movilidad llevada a cabo en diciembre de 2019 y los aumentos por decreto otorgados en su lugar durante el año 2020 implicaron un significativo recorte en las erogaciones en comparación con los aumentos que estipulaba la fórmula anterior que venía de la gestión macrista. La nueva fórmula (Ley 27.609) consolida el ajuste hacia adelante, dejando la evolución futura de los haberes totalmente a merced de la dinámica del ciclo económico.

 

1. Etapa macrista

Durante la gestión macrista se produjo un desplome de las jubilaciones y pensiones en términos reales (descontada la inflación). Comparando el nivel promedio de 2019 respecto de igual valor de 2015, los haberes reales cayeron 19,4%, exceptuando aquellos que accedieron al programa de “Reparación histórica”. Este es el punto de partida del nuevo ajuste llevado a cabo por el gobierno de Alberto Fernández.

La fórmula macrista era parte de la ilusión  de bajar rápidamente la inflación a través de una política de elevadas tasas de interés y apreciación cambiaria. Pero en abril de 2018 se desató la crisis cambiaria, con una vertiginosa pérdida de reservas por parte del Banco Central (BCRA) y devaluaciones abruptas posteriores que derivaron en un salto inflacionario. Esta situación aceleró la licuación de las jubilaciones y pensiones en el último período de la gestión, dado que los haberes se actualizaban con la variación de los precios y los salarios registrados seis meses atrás; es decir, la actualización de las jubilaciones tenía un rezago de seis meses respecto de esas variables.

Además de esta dinámica de aceleración de precios y fuerte caída del salario real, otra parte del robo pasó por el empalme de las fórmulas. La fórmula previa, que venía del kirchnerismo, actualizaba los ingresos cada seis meses, en marzo y septiembre, utilizando como variables para el cálculo de la “Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables”  RIPTE y la recaudación de ANSES, también en forma rezagada. Se trataba de una fórmula similar a la actual, que se analiza más adelante. Cuando se produjo la actualización en marzo de 2018, ya con la nueva fórmula macrista, el aumento correspondió a un período rezagado que abarcaba tres meses, y no seis como venía siendo anteriormente. Por ende, la nueva fórmula básicamente se “comió” la inflación de un trimestre a raíz de esta maniobra. Así, con el empalme, los jubilados recibieron en marzo un aumento sustancialmente menor al que correspondía con la fórmula anterior del kirchnerismo.

 

2. Suspensión de la fórmula del macrismo (Ley 27.426)

La fórmula del macrismo ajustaba centralmente (70%) por la inflación rezagada. Al igual que la última mitad de 2018, el 2019 fue un año de fuerte salto inflacionario, con una suba acumulada de precios del 53,8%. Naturalmente, las jubilaciones perdieron un gran poder de compra durante ese período.

En 2020, justamente, tocaban aumentos ligados a esa mayor inflación previa. Un marco de relativa moderación de la misma implicaba para los jubilados la posibilidad de recuperar cierto poder de compra, o al menos no volver a perder contra la suba de precios este año. Pero ni bien iniciado su mandato, sin perder tiempo, Alberto Fernández suspendió la fórmula (Ley 27.426) y en su lugar otorgó aumentos por decreto durante todo el año 2020.

Esta suspensión, realizada en diciembre de 2019, ocurrió mucho antes de la difícil situación abierta con la pandemia, y estuvo claramente motivada por objetivos fiscales, en el marco de la futura renegociación de la deuda en moneda extranjera con los bonistas privados y el FMI. Recordemos que el gasto del sistema previsional representa aproximadamente la mitad del gasto corriente  total (sin incluir el pago de intereses de la deuda pública), convirtiéndolo en una pata central de cualquier programa de ajuste fiscal.

De esta forma, el haber mínimo perdió 4,8 puntos porcentuales (p.p.) en comparación con la fórmula suspendida, a la vez que cayó 0,6% en términos reales.

Por su parte, el haber medio ($ 20.659 en diciembre de 2019) perdió 7,7 p.p. con relación a la fórmula suspendida y 3,6 p.p. en términos reales. En tanto, el ingreso máximo tuvo un recorte de 12,6 y de 8,7 p.p. respectivamente.

Mucho más penosa resulta la situación si se considera la inflación del rubro alimentos y bebidas (no alcohólicas), que naturalmente se llevan la mayor parte del gasto de los jubilados, con excepción de las escalas más altas. La suspensión de la fórmula anterior y los aumentos por decreto otorgados a cambio implicaron un ahorro fiscal en el gasto previsional de unos $ 100.000 Millones en 2020, que se reduce a unos $ 80.000 Millones si se incluye el bono (por única vez) de enero; efecto que, no está de más recordar, se diluye en el tiempo. Se trata de un monto equivalente al costo de uno de los tres IFE otorgados durante la cuarentena.

 

3. Nueva fórmula de movilidad jubilatoria

La nueva fórmula aprobada por el Congreso en diciembre de 2020 estipula una movilidad que se guía un 50% por la dinámica del salario y un 50% por la evolución de los recursos tributarios destinados a la ANSES. A su vez, los ingresos totales de ANSES (incluyendo también aportes y contribuciones a la seguridad social) operan como tope al aumento en el año. La actualización de los haberes continúa siendo trimestral, en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre.

 

4. Conclusiones

Con la nueva fórmula, la evolución del poder de compra de los jubilados dependerá en gran medida de la dinámica del ciclo económico, en lugar de la inflación.

El principal argumento del gobierno al presentar el nuevo esquema es que “la suspendida Ley 27.426 ponía en riesgo la sustentabilidad del sistema de seguridad social, al no tener ninguna correlación entre la movilidad y los recursos disponibles”. Es decir, se trata de un argumento meramente fiscalista.

También se afirmó que la aplicación de la nueva fórmula permitirá una mayor participación de las prestaciones en los períodos de crecimiento económico. Pero es importante resaltar que este esquema impone un límite al potencial incremento de los haberes si es que se produce un mayor dinamismo de la actividad económica, ya que los porcentajes de aumento resultantes de la fórmula de movilidad no podrán ubicarse por encima de la variación de la recaudación acumulada de ANSES por beneficio.

En cambio, no se establece ningún límite a eventuales pérdidas de poder adquisitivo de los haberes jubilatorios en escenarios de devaluación, inflación y recesión, frecuentes en el devenir económico argentino, y particularmente durante los últimos diez años. Períodos en los cuales cae tanto el salario como la recaudación medidos en términos reales, es decir, en la carrera contra la inflación, siendo aquellas las variables que determinan la movilidad jubilatoria resultante. Por lo tanto, es una fórmula pro cíclica, sujeta al ciclo económico.

Desde el oficialismo se señala que esta fórmula es similar a la que regía durante el kirchnerismo (sancionada en octubre de 2008, rigiendo hasta diciembre de 2017) y que la misma posibilitó una recomposición de los haberes jubilatorios, a partir de lo cual se sostiene que ocurrirá lo mismo hacia adelante. Se trata de un argumento bastante rústico por fuera del contexto actual, que es el siguiente:

  • El actual es un contexto económico significativamente diferente al referido, con un largo retroceso de la actividad y muy alta inflación. En cambio, la economía argentina creció significativamente hasta 2011 (con una caída fuerte pero transitoria en 2009). En 2012-2017 entró en una fase de estancamiento prolongado, con caídas en los años pares, en medio de devaluaciones recesivas y saltos inflacionarios, y recuperación en los años impares (electorales). Durante todo este período (2008-2017) la inflación promedió en alrededor de un 25% anual. Medido “punta a punta”, entre 2008 y 2017, el haber creció 18% en términos reales, implicando una suba promedio anual del 1,7%.
  • De todos modos, el haber jubilatorio cayó 7,6% en 2014 y 6,9% en 2016, por los motivos antes señalados: la fórmula vigente en ese momento, similar a la actual, no contemplaba un piso de actualización en períodos de recesión y salto inflacionario, tal como aconteció durante esos años.
  • A partir de 2018 se abre una etapa de franco retroceso de la actividad económica y salto inflacionario, exacerbado en materia de actividad el año pasado con el desplome del PIB.
  • También recrudece la inflación. En los últimos dos meses de 2020 se aceleraron notablemente los precios, con una inflación de 3,2% mensual en noviembre y de 4,1% en diciembre. El rubro alimentos y bebidas tuvo un aumento de 4,4% en diciembre y una suba acumulada del 42,1% en el año, muy por encima del nivel general (+36,1%).Tengamos que en cuenta que en diciembre de 2020 el gobierno otorgó (por decreto) un aumento del 5% en los haberes, claramente por detrás de los precios, el cual regirá hasta el incremento de marzo, que surgirá de la nueva fórmula.

 

Un cálculo precario de la nueva fórmula arroja un incremento estimado en alrededor del 7% para marzo, similar al de la vieja fórmula. Pero más allá de la comparación puntual de ese trimestre, debe tenerse en cuenta la perspectiva de más largo plazo que implica esta fórmula. En primer lugar, el mayor tope a los aumentos se verifica en diciembre, con la recaudación total de ANSES como límite al incremento acumulado en el año. En segundo lugar, que no contempla un piso de resguardo del poder adquisitivo en períodos de recesión y alta inflación, donde caen en términos reales la recaudación y el salario (las dos variables que contempla la fórmula).En síntesis, la nueva fórmula privilegia el objetivo de la sustentabilidad fiscal, en el marco de la negociación de la deuda con los bonistas privados y ahora con el FMI, por sobre el objetivo de la estabilidad en el mantenimiento del poder adquisitivo de las jubilaciones y pensiones.